Declaración de la renta: ¿Debo devolver deducciones por cuenta vivienda?

El 29/09/2009 abrí una cuenta vivienda y me beneficié de las deducciones máximas en los años 2009-2012. La declaración de la renta del año pasado no devolví las deducciones sin intereses porque pensaba que todavía podría comprar la vivienda durante 2013. Compré la vivienda en 2013, pero entre el estudio de concesión de la hipoteca y los trámites burocráticos no fuimos al notario a formalizar la compra hasta 08/11/2013. Todo el dinero de mi cuenta vivienda lo destiné a la compra de la misma, pero me he pasado poco más de un mes el plazo de los 4 años. ¿Tengo qué devolver las deducciones aunque solo me haya pasado un mes? ¿Qué pasa si no lo devuelvo, porque al fin y al cabo si me he comprado la vivienda? Si me sancionan por no devolverlo este año, ¿cuándo me sancionarían y en que cantidad aprox.? ¿Qué me recomendáis, que devuelva ya o que me espere a ver que pasa?

Respuesta

Debes informarte bien; pero creo que la compra debías realizarla dentro del ejercicio fiscal 2013 no a los cuatro años justos de la apertura de la cuenta vivienda.

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