Desgravación IRPF gastos de escritura

Mi pregunta es:
Compré un piso en construcción hace unos años y en septiembre de 2007, pagué una provisión de fondos de 2mil euros para el pago de las escrituras.
La entrega de llaves y firma de la escritura se realizó en septiembre de 2007.
En el año 2008, me facilitan la factura por importe de 1650 euros por el gasto de las escrituras, con fecha de factura de febrero de 2008.
¿En qué declaración de IRPF me debería desgravar por el gasto de escritura? ¿En el 2007 o en el 2008?
Si es en el año 2008, ¿no es extraño indicar en la declaración del 2007 que la fecha de adquisición de la vivienda es septiembre de 2007 y desgravarme en el 2008 por los gastos de escrituras?
Respuesta
1
La desgravación ha de coincidir con la fecha de la factura emitida.
No es nada extraño, por que además es demostrable.

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