Cambio de lugar de residencia por traslado

Por motivos de una oferta de empleo he cambiado de trabajo cambiando de provincia. En la ciudad donde vivía compré una casa a medias (vivienda habitual) con mi pareja hace dos años. Se que si se vende la vivienda antes de tres años, no se considera como tal y habría que devolver lo deducido en la declaración de la renta. En mi caso, ¿está justificado con el traslado de ciudad por trabajo el que Hacienda no me haga devolver lo deducido por no haber estado tres años completos viviendo en el piso?
Si compro un nuevo piso en la nueva ciudad, ¿puedo seguir deduciéndome el nuevo piso en la declaración de la renta?

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El cambio de domicilio por motivos laborales es uno de los pocos supuestos que contempla la ley de irpf para poder vender antes de los 3 años y no perder el carácter de vivienda habitual, por lo cual no te van a reclamar nada de la deducción que te has practicado, y te puedes acoger a la exención por reinversión con respecto a la ganancia patrimonial obtenida en la venta, y puedes deducirte el nuevo piso siempre con las limitaciones establecidas al haber practicado deducciones por la vivienda anterior y en su caso la exención por reinversión.

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