Incremento patrimonial y vivienda habitual

Desde el año 2000 a noviembre de 2004 hemos vivido en la casa de mi suegra (de la que ella era usufructuaria). Cuando esta murió (en 2004)nos fuimos de alquiler a otra casa ya que los hijos de mi suegra la querían vender. Se ha vendido en el año 2005, con lo cual vamos a comprarnos un piso. Mi pregunta es. ¿Aunque yo haya vivido de alquiler durante este año 2005 y dic de 2004, puedo utilizar la vivienda de mi suegra como si hubiera sido mi vivienda habitual? Esto sería para evitar pagar incremento de patrimonio (lo que nos toca por la venta de la casa de mi suegra) por reinversión en vivienda habitual (ahorrarme creo que 3 millosnes de ptas.
Como datos complementarios decir que he estado empadronado en casa de mi suegra hasta febrero de 2005 aunque la baja oficial del INE tiene fecha setpt. 2005. Sin embargo para realizar la declaración de la renta del 2004 puse como domicilio fiscal la casa en la que estoy alquilado.
Otra cosa ¿tenemos qué pagar al ayuntamiento algo por la venta de la casa?

2 respuestas

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Es la plena propiedad lo que determina la posibilidad de aplicar la exención por reinversión en el caso de la transmisión de la vivienda habitual. Al desgajar en nuda propiedad y usufructo, ninguno adquiere la plena propiedad hasta la consolidación de la nuda propiedad en plena, y la correspondiente canelación del usufructo. Además, debe residirse en ella durante un plazo mínimo de tres años, contados desde la adquisición de la plena propiedad (2004 a fecha de fallecimiento) hasta Sept 2005. Existe una lista cerrada de causas por las que puede incumplirse el plazo: matrimonio, separación, traslado laboral, primer empleo, cambio de empleo u otras causas análogas. Sólo si se encuentra en alguno de estos casos le permitirían incumplir el plazo mínimo de tres años.
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Se podría haber hecho tal y como indicas, lo que pasa es que si en la declaración de 2004 consta que tu domicilio fiscal es el de alquiler, ésto sienta un precedente importante en el que Hacienda puede o no fijar su atención. Es un riesgo que debes valorar si lo puedes asumir o no. De hecho, si la baja oficial del INE es diciembre de 2004´, si la casa se vendió a comienzos de 2005 yo creo que puede "colar".

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