Declaración del iva

Tenemos una empresa, sociedad civil.
Nos dedicamos a la informática, reparación de equipos informáticos y venta de equipos informáticos. Nuestro gestor nos ha dicho que no podemos desgravar el iva de la venta de los equipos informáticos.
Por favor me puedes aclarar esta cuestión. Es un poco urgente.
Muchas gracias
Raquel

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1
Parece que hay un problema con internet y me da como que no te he contestado, por si acaso te contesto otra vez:
Creo que tienes una pequeña confusión al preguntar, EL IVA DE LAS VENTAS (iva repercutido) no se deduce al contrario es el que se recauda para hacienda; y el IVA SOPORTADO, el de las compras y gastos es que te deduces y lo restas a lo cobrado por las ventas para darle o no a hacienda.
Por supuesto el iva de los ordenadores que compres tanto si es para venderlos o es para uso propio en el negocio SI ES DEDUCIBLE ÍNTEGRAMENTE.
Creo haberte ayudado.
Hay una confusión en tu pregunta. El IVA de la Ventas (IVA REPERCUTIDO) no es desgravable es un iva cobrado por vosotros y es para hacienda.
El IVA SOPORTADO ( el de la compras y gastos) tanto si es de los equipos comprados para venderlos o si es para svuestros propios equipos SI ES DESGRAVABLE EN SU TOTALIDAD.
Creo haberte resulto la dua, si hubiera otra consulta o duda no vaciles en preguntar.

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