Puede Iniciar el Tercer Poseedor de un Bien Hipotecado el desamparo por propia iniciativa?

Sabiendo un tercer poseedor de un bien hipotecado que el prestatario y los avalistas no hacen frente a las cuotas puede iniciar el desamparo del bien hipotecado por propia iniciativa?, ¿Es decir aunque el banco acreedor no haya requerido de pago al tercer poseedor o es necesario que se produzca este requerimiento para contestar desamparando?

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¿Qué significa para usted desamparando? ¿Qué entiende usted por tercer poseedor?

Estimado experto, ya me contestó en otra ocasión de una manera muy cualificada sobre este tema. Para mi el tercer poseedor es el que adquiere un bien hipotecado sin convertirse en prestatario ya que no firma ningún contrato con el banco. Según su respuesta a mi pregunta concluí que en caso de impago por parte de los prestatarios el banco inicia primero la reclamación de pago a estos, después al tercer poseedor que aparece porque en el registro la propiedad esta a su nombre, y es en este punto cuando el tercer poseedor puede responder desamparando el bien y este pasa otra vez a manos del anterior poseedor. El banco entonces ejecutará la hipoteca sobre el bien y reclamará la cantidad no saldada a los prestatarios pero al tercer poseedor no puede reclamar mas que el bien hipotecado. En este caso mi pregunta es si el proceso puede nacer del tercer poseedor, es decir comunicar el al banco que desampara ese bien hipotecado al ser conocedor de que los prestatarios no están pagando.

Muchas Gracias de antemano

Entiendo, por lo que usted dice que es propietario de una vivienda hipotecada y que dicha hipoteca está a nombre de los antiguos propietarios porque el banco no aceptó la subrogación. ¿Es correcto?

No el caso procede de la escisión parcial de una empresa, de esta escisión parcial nació una nueva sociedad a la que se traspasaron propiedades de la anterior que tenían cargas hipotecarias y se inscribieron en cada registro de la propiedad pasando la nueva sociedad a ser titular de las propiedades pero sin haber firmado subrogación con el Banco que es acreedor en cada caso. Tras esta escisión los prestatarios siguieron haciendo frente a los pagos sin problema hasta que debido a la crisis se tuvo que dejar de pagar la hipoteca de uno de los bienes hipotecados, hay dos bienes hipotecados uno al día de pago con una entidad bancaria y otro bien del que no se pudo hacer frente al pago. La nueva sociedad es Tercer Poseedor en ambos casos y según mis consultas anteriores frente a cada banco sólo responde con el propio bien hipotecado siempre y cuando no se oponga a la ejecución de la hipoteca, y en este caso pregunto además si puede iniciar el proceso de desamparo del bien hipotecado del que no se hace frente al pago o tiene que esperar que el acreedor le reclame el pago y en ese momento responder no oponiéndose a la ejecución hipotecaria es decir desamparando el bien.

Gracias

Como tal, no hay un llamado "proceso de desamparo". Si usted no es el representante de la empresa y propietario del bien hipotecado, debe esperar a que el banco demande judicialmente para cobrar la deuda. Si demanda usted, gastará dinero en los tribunales.

Tiene otras posibilidades, instar Concurso de acreedores, una negociación extrajudicial con un mediador competente, etc.

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