Extinción de condominio o división de la cosa común

Mi pareja tiene un bien con su ex-pareja, el cual se taso por 198.000€ (actualmente no se tasaría por mas de 100.000€) y una hipoteca por 158.000€.

En el caso de interponer una demanda judicial solicitando la división del inmueble (Actio Commuini Dividundo) creo tener entendido que se tasaría el inmueble (tasación actual) y se podría comprar el 50% de la otra parte en base a esa tasación.

Mi duda está en ¿qué pasaría con la hipoteca (es una hipoteca en la que los dos respondemos por el todo)?

Si la casa actualmente vale menos de lo que tenemos en hipoteca, ¿tendríamos qué asumir los dos las perdidas o solo una de las partes?

Necesito un poco de asesoramiento ya que parece que la ex-pareja esta posponiendo y poniendo excusas a la extinción de condominio, y necesitamos hacer algo urgente, ya que no esta pagando su parte de hipoteca, si saliera a subasta por el banco, lo malo serían los gastos (intereses de demora y demás) pero casi toda la hipoteca se quedaría cubierta si el banco la cogiera por el 70% de la tasación... No se que hacer, ¿qué me recomienda usted más? Esperar a subasta, extinción de condominio, ¿división de la cosa común?

Muchísimas gracias de antemano. Por favor déjeme una forma de poder ponerme en contacto con usted si conoce el tema.

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Por lo que usted me indica, la división de cosa común, no resulta atractivo para usted a no ser que se pueda excluir de la responsabilidad hipotecaria al titular que vende su parte.

Las cuestiones sobre la subasta futura se deben valorar con escritura en mano y de momento no dispongo de esa información. No obstante, quizás sea una solución menos gravosa para su problema.

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