Plusvalía (ganancia patrimonial) por venta de piso

Mi pregunta es referida a la plusvalía en la venta de un piso en el sentido de la ganancia patrimonial de IRPF.
Dentro de unas semanas mi ex mujer y yo venderemos el piso común. Lo compramos hace 8 años por un valor de 9 millones de pts y lo vendemos por 24 millones de pts. La hipoteca que nos queda por pagar es de unos 6 millones de pts, que será cancelada en el momento de la venta. El piso cuando lo compramos ya era de segunda mano y tiene ahora unos 19 años fue de VPO y está descalificado. En estos últimos 4 años mi ex mujer es la que ha habitado el piso por corresponderle la custodia de mi hijo.
Vivo en casa de unos familiares, tengo una incapacidad permanente total, para el ejercicio de mi profesión habitual, desde hace unos meses. Mi pensión es de 378 euros. De momento no tengo posibilidades de reinvertir el dinero ganado en otro piso. Una buena parte del dinero que obtenga se me va en pagar la mitad de mi hipoteca atrasada a mi ex mujer, y algunas deudas que tengo.
He leído que se aplica un 18% de la ganancia no reinvertida en una nueva vivienda. Aun así se me plantean algunas dudas. Muchísimas gracias por adelantado, tanto si responden todas como solo algunas de las dudas que planteo.
- La base de la plusvalía es precio de venta menos precio de compra, ¿o algo relacionado con el precio escriturado inicial? Lo pregunto porque en el banco me comentaron algo sobre escriturar el piso según unos mínimos y no se a lo que se refieren.
- Teniendo en cuenta que el piso se compró hace 9 años, supongo que esta plusvalía se reduce de algún modo ¿cómo y cuánto?
- Dado que no tengo dinero para comprar un piso pero si para alquilarlo, ¿La exención de esta plusvalía se podría aplicar a un alquiler en lugar de a la compra de una nueva vivienda habitual? ¿Tengo alguna exención por mi incapacidad total o por la precariedad de mi situación?
- Al no haber sido mi vivienda habitual durante estos cuatro años ¿puede influir en la plusvalía?
- El hecho de que parte del dinero que me corresponde por la venta vaya destinado a pagar la hipoteca atrasada de estos cuatro años, ¿puede influirme para pagar menos plusvalía?
- ¿Teniendo en cuenta que se venderá en este mes de Junio 2009, ¿cuándo tendría que pagar esta plusvalía? Quiero decir, ¿tengo qué tomar YA la decisión de si la voy a poder reinvertir en otra vivienda o puedo esperar dos años a ver si mi situación cambia a mejor y puedo realizar la citada reinversión?
Saludos cordiales, y reitero mis gracias tanto si responden total o parcialmente a mis cuestiones.

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Me gustaría poder ayudarte pero creo que esta pregunta es más adecuada para la categoría de impuestos. Un saludo. No olvides cerrar

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