Vencimiento anticipado de hipoteca por embargo

Mi marido es deudor por ser avalista de una póliza de crédito, concedida a una empresa, en la actualidad en suspensión de pagos. Los bancos no pueden esperar a que se dilucide la suspensión de pagos y le exige el pago de la póliza, que no puede atender en estos momentos. Se está viendo la posibilidad de renegociar la deuda con el avalista, pero exigen que firme yo también afectando la mitad de nuestro piso, aun cuando yo no tengo nada que ver con la sociedad. Ambos tenemos separación de bienes y nuestro domicilio conyugal es propiedad de ambos en dos mitades indivisas, con una hipoteca que grava la vivienda. El banco acreedor de la póliza de la empresa y el de la hipoteca de nuestra casa en el mismo y nos amenaza con solicitar el vencimiento anticipaco de la hipoteca, si yo no firmo, ante el inminente embargo de la mitad indivisa de mi marido. No tengo la escritura de la hipoteca, pero en la nota simple no resulta inscrita dicha cláusula. ¿Podría darse el caso de que, aunque puedo seguir pagando la hipoteca, me vea con el piso subastado y debiendo la cuantía que no se cubra con la subasta...? (Que me consta incluso que están quedando desiertas en la actualidad). Por favor, sé que es un tema complicado que quizás pueda acabar con nuestra salud, si pudierais hacerme llegar vuestra opinión al respecto os estaría muy agradecida, en concreto sobre si puede el banco solicitar el vencimiento anticipado de la hipoteca por posible insolvencia de uno de los prestatarios... Un saludo muy afectuoso. (xxxxxx)

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En la nota simple las clausulas NO FINANCIERAS no salen por lo que habría que leer detenidamente esa escritura de hipoteca porque desde luego en todas las que yo conozco si existe alguna clausula (que haría siempre referencia a la situación de cualquiera de los TITULARES) un poco si queremos retorcida en la que podría incurrir la situación de tu esposo y el banco llegar a ejecutarla.
Por otra parte el banco puede arremeter contra los bienes de un deudor o garante y embargarlos claro, estaríamos en el caso de meterle mano al 50% de la vivienda propiedad de tu marido pero LA HIPOTECA es preferente a cualquier embargo posterior o sea que si la embargaran y la llegaran a subastar con lo sacado cobrarían HIPOTECA no póliza por eso creo que no llegaran a hacerlo y pienso que lo que pretenden desde luego es presionarte a ti.
Si esa clausula para poder dar por vencida anticipadamente la hipoteca llegaran a ejecutarla aunque las cuotas estuvieran al día el motivo de esa posible ejecución seria esa clausula NO EL IMPAGO obviamente pero al final podría resultar que sucediese lo que tu relatas es decir quedarte sin vivienda y seguir teniendo que pagar lo que la subasta no cubriera.
Quizas deberias de consultar tambien con algun abogado pero sobre todo obtener una copia de la escritura y releerla .
Gracias por tu atención. Voy a conseguir dicha escritura, primero localizado su protocolo en la nota simple y después acudiendo al notario para que me facilite una copia simple, porque el banco no tiene a bien darme mi original. Un saludo.
Creo que es lo que procede y una vez visto entonces ya podrás tomar una determinación. Çsaludos
Buenos días, he conseguido la escritura del préstamo hipotecario y se contempla como cláusula de vencimiento anticipado expresa "el concurso o quiebra del prestatario o por incurrir en cualquier causa de resolución establecida en derecho". El resto de supuestos son no pagar un recibo de contribución, no pagar la prima del seguro de incendidos, o no pagar una sola cuota..., expropiación forzosa...
Entiendo que la amenaza de anticiparnos el vencimiento del préstamo no es posible si seguimos pagando religiosamente nuestro préstamo, habida cuenta de que el prestatario en concurso no es el deudor del préstamo, sino una empresa de la que el deudor es socio. Y no es el caso contemplado, además de que creo que la nueva ley concursal considera nulas estas cláusulas ya que si no, todo el mundo se protegería de un potencial concurso o quiebra futuro, y la esta ley no tendría eficacia.
Entonces mi duda es, si no cabe el vencimiento anticipado del préstamo hipotecario y lo pagamos como toca, qué pasos son los que se darían en el supuesto del embargo de la mitad indivisa de un piso con hipoteca preferente. Yo entiendo que se anotaría el embargo y no sería en la práctica realizable hasta que no acabáramos de pagar la hipoteca de la casa en el 2027. Una vez libre el piso de esta primera carga, se ejecutaría el embargo de la mitad indivisa y entraría en juego mi derecho preferente de adquisición en subasta.. Si no es así, no entiendo como juega la ejecución de ese embargo y cómo me afectaría a mí, que tengo una mitad no embargada.
Te agradezco mucho tu atención de todo corazón.(xxxxxx)
Por incurrir en cualquier causa de resolución establecida en derecho,
Esta frase es muy peligrosa y me produce dudas porque puede referirse también a la minoración del patrimonio o solvencia del deudor como podría ser el caso de tu esposo caso de verse arrastrado por la situación de la empresa y no puedo precisarte más por no conocer de leyes (no soy abogado ni mcho menos).
Por lo demás caso de que esta frase no os afectase el resto del procedimiento entiendo que seria el que tu misma has descrito, quedaría anotado el embargo pero por cautela no procederían a la ejecución del mismo hasta probablemente el vencimiento de la hipoteca.
Quizás debieras de consultarlos matices de esa frase con algún abogado para quedarte ya tranquila definitivamente.
Muchísimas gracias por el apoyo que me has dado. Yo sí soy licenciada en derecho pero no ejerzo desde 1998. "Lo de las causas contempladas en derecho, yo entiendo que se refiere a causas tasadas por Ley". Por ese lado estoy tranquila. Si tengo la cabeza en su sitio, cuando acabe este infierno, te contaré como resulta el tema. Sólo decirte que somos personas de bien. Saludos.

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