¿Piso embargado por todos lados...?

Sé que desde el mes de Octubre mi casero no ha pagado la hipoteca del piso en el que vivo, porque me lo ha dicho, por tanto, dentro de nada y menos, le llegará el aviso de embargo, si es que no le ha llegado ya, y posterior desahucio..¿debería llegar a mi casa la notificación?
Sé que no me pueden echar de aquí porque yo tengo firmado un contrato por 5 años a contar desde el 31 de Enero del 2012, con su correspondiente fianza y tengo documentos que acreditan que vivo aquí, es más hace 1 mes me empadroné aquí, no servirá de mucho porque lo hice después de saber que llevaba meses sin pagar, pero los recibos del agua vienen a mi nombre desde hace tiempo, los del teléfono, los de la comunidad...
El piso está a nombre de una empresa, se ha arruinado el hombre con la crisis y debe un montón de dinero por todos lados, es más el otro día, me llegó una carta de la Agencia Tributaria en la que ponía "diligencia de embargo de créditos" en la que me decían que si le debía algo a esa persona/entidad (mi casero) les pagara a ellos... Y supongo que les habrá llegado a más arrendatarios que tiene en otros pisos...
Ahora les tengo que mandar de nuevo una carta a ellos, a la correspondiente sucursal de mi ciudad alegando que yo tengo un contrato de arrendamiento con este, según me dijeron por teléfono, porque llamé para asegurarme bien. ¿Ahora tendría que pagarles a ellos la renta?
He llevado los papeles a mi abogado para que me diga como actuar, pero no estaba, si me conviene irme de aquí o no... Porque es que tengo un contrato firmado como ya digo desde el 2012 (no inscrito en el registro de la propiedad) pero según mi abogado eso da igual, es igual de legal y de aquí no me podrían mover...(ya se lo consulté cuando me enteré de que no pagaba la hipoteca)
¿Ahora qué pasará? ¿Está por encima Hacienda que el banco? Porque ambos le embargan...
Yo querría hacerme con el piso en caso de ejecución. Es un muy buen piso y veo oportunidad de sacarlo a un precio razonable. Pero si tiene cargas como esta de hacienda, aparte de la hipoteca... Pues como que no... Dentro de un mes me acercaré por el resgistro a por una nota simple para ver la situación del piso...
He leído que hacienda, embarga propiedades que se acerquen al valor de la deuda y sinceramente, este piso es la única que más se aprox. Las demás propiedades valen bastante más que este piso. Serían un poco HDP los de Hacienda si le embargaran pisos que valen más que este, aunque pueden hacer lo que quieran, cuando pueden embargar este que vale casi la cantidad que debe, pongamos que este piso vale 70mil y la deuda es de 50mil, el resto de propiedades valen 100mil y de ahí para ariba...
(Las demás propiedades las tiene embargadas también porque tampoco paga las hipotecas...)
¿Cómo funcionaría en este caso? ¿Quién se adjudicaría el piso? ¿Quién tiene preferencia? ¿Cómo funcionan las subastas? Porque supongo que saldría a subasta el piso, aunque no lo venderían claro, porque ¿quién compra un piso con inquilinos dentro sin poder echarlos? Por supuesto pediría indemnización si quisieran que me fuese de aquí, eso está claro...
Lo bueno sería que Hacienda se hiciera dueña del piso, porque esta, fijo que no se iba a hacer cargo de la hipoteca y dejaría que se buscara la vida el banco por otro lado (supongo) jajaja ¿Por qué para qué se iba a adjudicar unp iso que luego tendría que vender para sacar para cubrir su deuda y la del banco? Y luego esta le sacaria a subasta (aquí es dónde y cuándo podría negociar yo) porque si embarga el banco, luego, pesaría una carga aparte de la propia hipoteca, la de hacienda... Y ya por 110mil€ no lo cojo NI DE LOCA...

Respuesta
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Por partes,

Con tu contrato en vigor, no te podrán sacar de la casa, sera un caso de embargo con inquilino, pasando a ser tu "casero" el banco o hacienda...

Con la nota simple podrás ver todos los acreedores que tiene el "casero", y la deuda que acumula la casa, para saber si te interesa o no.

Mi consejo, con contrato en vigor de alquiler, mantenlo, y una vez el piso cambie de propiedad, negocia tu derecho de tanteo y retracto, es decir como inquilino tienes el derecho de hacer e igualar la oferta de compra de la propiedad.

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