¿Podemos asumir una hipoteca sin asumir la propiedad?

Queremos comprar un negocio en funcionamiento el cual tiene una hipoteca.

En la compra del negocio como forma de pago, nos subrogamos a la hipoteca y entregamos una cantidad de nuestros ahorros, pero no es suficiente para el valor del negocio e instalaciones.

El propietario del negocio tiene un piso con una hipoteca pendiente, y nos propone que si nos quedamos con la hipoteca del piso (el se queda sin hipotecas y con la cantidad que le entregamos) si llega a la cifra que pretende por el negocio.

Nos propone vendernos el piso por cantidad simbólica, y tras escriturar y subrogarnos la hipoteca, mediante contrato privado se lo volvemos a vender con una cláusula resolutoria en la que diga que si no pagamos la hipoteca se alza a público el contrato privado y perdemos las cantidades entregadas.

Hasta aquí, todo de acuerdo. Ahora su gestor le aconseja que no haga esto. Le dice que hable con el banco de la hipoteca del piso y que nos diga una manera de asumir la hipoteca. Cosa que creo inviable.

¿Conocéis alguna fórmula para asumir es crédito y que el propietario siga siéndolo?

Le hemos planteado a los dos bancos ampliar la hipoteca del negocio, que es rentable y disponemos de plan de negocio, y nos dicen que " no es el momento adecuado " Para nosotros si que es el adecuado porque cuando la cosa mejore el negocio, por facturación y por rentabilidad valdrá más, seguro.

Es una forma de rebanarse los sesos, pero he sigo testigo de acuerdos complicadísimos con fórmulas imaginativas.

Gracis por vuestra ayuda.

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Lo primero, para asumir ustedes la hipoteca, han de hablar con el banco, que ha de autorizar esa subrogación... que en muchos casos, no acepta y les exigirá que se haga una cancelación de la actual hipoteca y una posterior hipoteca nueva sobre esa vivienda, que ha de ser de ustedes para poder hipotecarla... Y los precios simbólicos no es posible, pues se ha de pagar impuestos por ello y la Hacienda de su comunidad autónoma les hará una revisión seguro... con su posible sanción...

Es normal que no se haga la operación en las condiciones que ustedes plantean, con documentos privados...

Les recomendamos se pongan en manos de un abogado, que le estudie las posibilidades de realizar la operación, mediante un pago aplazado de parte de la operación, normalmente...

como comentaban hemos hablado con el Banco y si que nos autoriza a subrogarnos el pago de la hipoteca siendo la propiedad del antiguo propietario, sin necesidad de realizar compra-venta.

es decir sigue siendo del propietario.

Ahora, al que no le conviene es al `propietario, puesto que aunque el préstamo esté a nuestro nombre la responsabilidad hipotecaria recaería sobre el bien.

como bien decían ustedes estamos estudiando una fórmula de pago aplazado. Les hemos propuesto que en caso de impago de alguna cuota, la propiedad volverá a tener la parte proporcional del negocio igual a la cantidad de pago restante.

Es decir si le pagamos 440.000 y quedan 60.000 pendientes por impago se quedarían de nuevo con el 20% del negocio.

Están receptivos. Ya contaremos.

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