Embargo

El banco me ha demandado al Juzgado por un crédito que debo con otra persona, yo estaba segura que esa persona se estaba haciendo cargo tal como firmó en el banco, sin embargo no ha sido así, ahora me encuentro que el banco me dice que tengo que pagar toda la deuda y en la resolución dice que buscaran todo lo que tenga en propiedad así como donde trabajo, etc. ¿Me pueden embargar el coche sin haberlo pagado aun? Todavía queda 5 años para pagarlo a una financiera ya que solo hace 2 años que lo compre. ¿Me pueden embargar la nomina? No se que haré porque vivo de alquiler y estoy sola con dos niños pequeños, estoy desesperada tengo mucho miedo que me dejen en la calle con mis hijos. Fui al banco para que me ayudaran a resolverlo y poder poner los dos créditos juntos, el del banco y el del coche a largo plazo para poder pagarlo, ¿el banco accederá para que pueda pagar?, tengo buena fe y quiero acabar con esta pesadilla. ¿Puedo también pedirle al banco que le reclame a la otra persona que firmó también el crédito la mitad del mismo? Por favor que alguien me ayude.

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Poder puede instar al banco que pague su titular, pero depende del banco que lo haga. Como pueden ir contra todos los implicados, esa parte no la negocian.
Usted puede pagar la deuda y subrogarse en ella o pagar parcialmente una cantidad a negociar con el banco para que se olviden de usted y sigan con el otro sujeto.
Muchas gracias por su respuesta, ya me han embargado la nómina, y es mucho dinero para mi, el juzgado en su resolución dice que pueden rebajarme el embargo en un 15% si tengo cargas familiares, soy divorciado con dos niños, ¿mi empresa lo puede hacer directamente o debo ir al juzgado para pedirlo?. ¿Dice usted que puedo pagar una cantidad e ir al banco después y decirles que ya no me reclamen más a mi y vayan al individuo que debería estar pagando y no yo? ¿Puedo pagar con minomina varios meses y entonces pedirles eso?
Muy agradecida por su ayuda.
Espero su respuesta
El problema es el momento. Usted tiene avanzado el procedimiento. Ya hay resolución judicial y le han embargado ya. Lo que le explique anteriormente no tiene aplicación salvo en una cosa, que pueda subrogarse a la deuda generada y poder reclamar su parte al coprestatario.
Si puede reducir el embargo, debe ser en el juzgado, la empresa cumple órdenes del juzgado. No se olvide de puntuar la respuesta.

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