Deuda TGSS año 2010

Hola este año he cogido la contabilidad de una empresa, resulta que he recibido unas reclamaciones de deuda por cuotas en concepto debidos a la SS, desempleo, Garantía salarial y FP.
El periodo del descubierto es de abril en adelante de 2009 hasta diciembre, y según pone por diferencias. En el asiento de apertura no esta contabilizado dicha deuda, ¿qué he de hacer? ¿Cómo la contabilizo? ¿Y el recargo? ¿Es deducible en el impuesto de sociedades?

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Primero comprueba si se contabilizó ese gasto. Es decir, si no aparece saldo pendiente de pago a la S.S. es debido a que no se contabilizó el gasto, o bien que si se contabilizó y se canceló el saldo de alguna manera.
Si se contabilizó y se canceló de alguna manera, lógicamente ese apunte está mal, porque no es cierto y tendrás que deshacerlo.
Si no se contabilizó tendrás que hacerlo ahora.
El gasto por cuotas de la S.S. si es deducible, aunque sea atemporal, pero no lo es el recargo, que tendrás que contabilizar como un gasto extraordinario, y no contemplarlo como deducible en el impuesto de sociedades.

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