Amortizaciones

He comprado un coche y un navegador que he puesto en el vehículo. ¿Cómo se amortiza el navegador? En la misma proporción que el vehículo (16%) o como un EPI (25%)
Gracias

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La verdad es que sobre este tema cualquiera de las dos respuestas podría ser válida, y la elección de una u otra alternativa dependerá del grado de independencia de la mejora, es decir, si una vez realizada la instalación, volver a dejar el vehículo como en el momento inicial nos supusiese un menoscabo en el vehículo que pudiese hacer inviable su rentabilidad económica, ej: Para instalar el navegador se hubiese taladrado la guantera con la merma estética que podría suponer su desinstalación, el navegador fuese un modelo específico al vehículo... yo lo contabilizaría como una mejora (incremento del valor del vehículo) y lo pasaría amortizar por el mismo coeficiente que el vehículo. En el caso de resultar bienes fácilmente divisibles sin menoscabo alguno para ninguno de los dos, deberías de amortizarlos por independiente ej: PDA-navegador que se alimenta del mechero del vehículo.
Como conclusión yo en tu caso lo que haría es que si ha habido la más mínima instalación lo metería como mejora del vehículo aumentando el precio por el valor de adquisición del navegador y el coste de la instalación.

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