Poner un sueldo al socio de S.L.U.

¿Cómo se puede poner el único socio de una S.L.U. Un sueldo porque trabaja en la sociedad, no como administrador de la misma?
Tiene que darse de alta en el régimen de autónomos; entonces si es a través de una nómina, no tendría que darse de alta en el régimen general, ¿no? ; ¿Sería sólo la cuenta '640' y la retención correspondiente?
O algo más sencillo; ¿Podría retirar una cantidad mensual con cargo a la cuenta 550 ó 553, y regularizarla con la distribución de beneficios?

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No importa el hecho de estar acogido al régimen especial de autónomos para poder cobrar nómina. El sueldo que se establezca iría a la cuenta 640 y el recibo de autónomos a la 642, sin mayores problemas. En cuanto a lo que me cuentas de retirar una cantidad mensual con cargo a la cuenta 550 o 553 y regularizarla con cargo a la distribución de beneficios, tampoco está mal hecho, pero son 2 cuestiones distintas, incluso se podrían hacer las dos cosas a la vez. Lo que tienes que tener en cuenta es que ambas tienen una incidencia fiscal distinta para la empresa y para el socio único: el salario sería rendimiento de trabajo para el socio, pero a la vez sería un gasto deducible en el impuesto de sociedades, mientras que los dividendos no son gasto en el impuesto de sociedades. A si vez el tipo de IRPF del salario es progresivo, con lo cual un salario bajo estaría sujeto a un tipo de IRPF más bajo que los dividendos, pero si éste es elevado el tipo de IRPF del salario sería mayor que el de los dividendos.
Entonces por lo que le he entendido, si el sueldo no es muy alto, fiscalmente es mejor cobrar nómina, ¿no?
Y, la cuota de autónomos, ¿iría a una '642'? ¿Entonces es deducible? Tenía entendido que lo tenía que pagar el socio a titulo personal.
Muchas gracias,
Espero su respuesta
La cuota de autónomos es un gasto de la empresa y por tanto deducible a efectos de impuesto de sociedades. Además, fiscalmente tienes que tener en cuenta que el impuesto de sociedades es del 35% o del 30%, mientras que el tipo marginal de IRPF del salario del titular de la empresa, si el sueldo es bajo, seguramente será menor. Tú además, sabiendo las circunstancias personales del mismo puedes saber si ese IRPF se lo van a devolver o no.

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