Luces de emergencia en sanitarios públicos de 16 m2

Estamos haciendo un proyecto para construir un local 32 m2 de planta baja, con una oficina y sanitarios públicos en una zona deportiva de un pueblo pequeño.

La zona de sanitarios, de 16m2, tiene acceso desde el exterior, y una vez se entra al local, hay 4 puertas que conducen a dos duchas y dos w.c.

Me gustaría saber si la normativa al respecto de las luces de emergencia. ¿Es necesario poner luces de emergencia en las cuatro puertas interiores, y en la puerta de salida al exterior?

¿O simplemente en la puerta de salida al exterior?

Nos gustaría hacer lo razonablemente necesario, aunque no sea obligatorio.

Respuesta
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Depende de la ordenanza municipal al respecto. De todas formas, si las puertas no son hasta el techo, se podría simplificar el tema poniendo dos luces en todo el recinto, una sobre la puerta de salida y otra donde os venga bien.

Ahora bien, si las puertas son hasta el techo debéis poner una luz en cada recinto cerrado. En este caso entiendo que cinco.

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