Seguro de vida obligatorio para viviendas de VPO

El mes que viene entregan las llaves de una vivienda de VPO. Nos han llamado del banco que lleva la hipoteca para ver el tema del seguro para la vivienda. Me han dicho que también es obligatorio hacerse el primer año un seguro de vida. El piso esta a nombre de los dos, ¿es obligatorio hacernos los dos el seguro de vida o con uno ya basta? Gracias.

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Lo único obligatorio por ley es que hagas un seguro de hogar, y que subrogues el capital de continente al banco. Ninguna ley obliga a hacer un seguro de vida, ni plan de pensiones, etc.
Otra cosa es que sea "obligatorio" por las normas de suscripción de la Entidad Bancaria, pero créeme, todo es negociable.
Tampoco la ley te obliga a hacer el Seguro de Hogar en la Entidad (que además pondría la mano en el fuego a que no te lo harán de forma correcta). Lo puedes hacer donde quieras, siempre que subrogues el Continente.
Si quieres un presupuesto de hogar, dime los metros cuadrados de la vivienda, código postal, y si es ático o no, con eso podrás negociar mejor con el banco (aunque no lo hagas conmigo), pero por lo menos lo harás bien. Mi correo:
[email protected]

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