Excensión tasa bomberos comunidad valenciana

Bueno días a tod@s,a principio de mes cayó un trozo de fachada de mi edificio,no tenemos seguro de comunidad por lo que hemos tenido que hacer una derrama pasa cubrir los gastos tanto de arreglo de la fachada,como para pagar la tasa de los bomberos.

Hoy me he puesto en contacto con los bomberos para saber más o menos de que cuantía podemos estar hablando y ha surgido el tema de las exenciones de pago para los propietarios que tengan ingresos inferiores a 22000 euros anuales.

Al profundizar un poco en el tema,ya que somos pocos vecinos y creo que todos o casi todos entraríamos en ese supuesto,me han comentado que al tener una comunidad constituida con su cif y aunque no tengamos seguro y entremos en el supuesto de exención,no podemos acogernos a ésta posibilidad porque la factura va a nombre de la comunidad de propietarios y no podrían prorratearla cargando la parte proporcional a cada vecino.

Mi pregunta es, ¿alguien sabe si esto efectivamente es así? O ¿individualmente podríamos alegar la falta de ingresos mínimos para la obligación de pago de la susodicha factura?.

Gracias de antemano por las respuestas.Un saludo.

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En este caso hay que distinguir la titularidad. ¿El servicio de bomberos a quién se ha prestado? Según su propio enunciado a la Comunidad.

Una Comunidad de Propietarios es una entidad jurídica, y como tal no está afecta a beneficios que solo son aplicables a personas físicas.

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