Emprender acción de defensa

En el Plan General de Ordenación Urbana de nuestro Ayuntamiento han situado el bloque de nuestra comunidad fuera de ordenación, cuando hasta ahora estaba en situación de rehabilitación o sustitución. Al ser algo sorpresivo y sin que nos hayan consultado algunos vecinos queremos contratar un abogado para que nos represente ante el Ayuntamiento y otros vecinos no quieren defenderse ni gastar dinero.
¿Pueden estar obligados a asumir, a través del pago al abogado del dinero de la comunidad, las acciones de defensa que emprendamos los que nos queremos defender?.
Un saludo

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No me referencias si tu comunidad posee reglamentos, si hacen asambleas de copropietarios, si levantan actas de lo actuado en dichas reuniones... Te quiero expresar que faltan argumentos jurídicos para poder solucionar tu inquietud.
Por favor contesta los cuestionamientos que te hago para así lograr orientarte mejor en la solución de tu inquietud.
Somos lo que se dice, los vecinos del portal, copropietarios del suelo en el que anualmente se hace una reunión en la que se aprueban las cuentas y se pasa la administración al siguiente vecino, y esas cosas, lo habitual. No sé, no entiendo muy bien qué necesitas saber.
Un saludo,
Eso precisamente: En una reunión general de vecinos se lanza tu propuesta demostrando la viabilidad y las bondades de hacer el trámite, los beneficios que se adquieren de ser aprobada y los perjuicios que trae a la copropiedad el no ser aprobado y se somete a votación tu propuesta para que sea aprobada por la mayoría (la mitad más uno) de los asistentes a la misma. Si es aprobada TODOS los vecinos deberán correr con las costas del trámite para que sean incluidos, independientemente de si está de acuerdo o no con la propuesta.
Una vez aprobada la propuesta se inician los trámites con abogado y todos están obligados a pagar. Quien no pague incurrirá en causal para demanda jurídica para hacerle el cobro por esta vía... lógico que al deudor que se niegue a pagar la cuota y haya que demandarlo también le cobran los honorarios de abogados.
Si no es aprobada la propuesta por la mayoría... no hay forma de hacer el cobro a los vecinos que no están de acuerdo con tu propyecto.
Como hay comunidades en las que hacer reuniones generales es bastante complicado por los horarios de trabajo de los residentes, en los estatutos de la copropiedad se adiciona una clausula en la que se dice "toda determinación o iniciativa prosperará si se tiene la firma del 75% de los residentes". Entonces los gestores de un proyecto recogen las firmas de los copropietarios hasta alcanzar el 75% de los residentes y este documento hace las veces de Acta de Asamblea.

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