¿Quién debe pagar la reparación?

Hace 10 meses que estamos de alquiler. Entramos el pasado verano i el aire acondicionado funcionaba perfectamente. El caso es que al encenderlo este verano no funcionaba. El técnico vino, con el consentimiento del arendador, y después de 3 semanas de pasar mucha calor concluyó que el termostato estaba estropeado y debía cambiarse. ¿La factura fue de 222? Y el propietario reclama que debemos ser nosotros los que debemos pagarla.
El sistema de aire es una bomba de calor y frío integrado. En el contrato hay una clausula que especifica: "Son de cuenta del arrendatario los gastos ocasionados por los desperfectos que se produzcan, ya sean cristales, cerradiras y demás útiles y utensilios de las instalaciones y su adecuado entretenimiento, los gastos de conservación y reparación de waters, lavabos, calentador, antena TV, y en particular todos los desagües, atascos, arreglo de la cocina, fregaderos, lavaderos, aire acondicionado, y sus tuberías, como también la conservación, reparación y sustitución de persianas, en caso de existir tales utensilios e instalaciones."
La vivienda tiene 4 años de antigüedad. En este caso quién debe pagar la reparación, ¿teniendo en cuenta que no nos hemos dedicado a hacer un mal uso del termostato y que hace sólo 10 meses que estamos allí viviendo?
Respuesta
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Contestando a tu pregunta, leyendo la parte que has firmado lamentablemente tal como dice el contrato, quien debe pagar es ustedes como las personas que alquilaron esta casa y esto es así porque tal como dice esta palabra Arrendatario significa lo siguiente:
Es arrendatario quien adquiere el uso de una cosa por un periodo de tiempo determinado, a cambio del abono de un precio cierto. Cuando lo que se arrienda es una vivienda también se le denomina "inquilino".
Los derechos del arrendatario son:
A servirse de la cosa (vivienda, inmueble...) solamente para el uso convenido o conforme a la naturaleza y destino de ella.
A satisfacer al arrendador la renta en la forma y tiempo convenidos.
A responder de los perjuicios que sufra la cosa arrendada por su culpa o negligencia, la de sus familiares, sirvientes o subarrendatarios.

De manera que esto quiere decir que el inquilino es quien pagara lo que dice el contrato:
"Son de cuenta del (arrendatario) los gastos ocasionados por los desperfectos que se produzcan, ya sean cristales, cerradiras y demás útiles y utensilios de las instalaciones y su adecuado entretenimiento, los gastos de conservación y reparación de waters, lavabos, calentador, antena TV, y en particular todos los desagües, atascos, arreglo de la cocina, fregaderos, lavaderos, aire acondicionado, y sus tuberías, como también la conservación, reparación y sustitución de persianas, en caso de existir tales utensilios e instalaciones."
Así que no queda más nada que hacer, tendrán que pagar ustedes los costos por el servicio prestado al reparar cualquier asunto dentro de la casa. Para una próxima sírvanse leer bien los contratos.

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