Contrato de la luz en el alquiler

Tengo un piso alquilado y el recibo de la luz figura a mi nombre. He hablado con el inquilino y hemos quedado en poner el recibo de la luz a su nombre.
Supongamos que el día de mañana el inquilino decide irse cuando se cumpla el contrato del piso y tiene una deuda con iberdrola por no pagar, por ejemplo, los cuatro últimos recibos y le han cortado la luz. Supongamos que yo le quiero alquilar el piso a otra persona nueva que llega a la vivienda pero hay pendientes esos recibos de luz y está cortada la misma. Quisiera saber si yo voy a Iberdrola con mis escrituras del piso y demuestro que es mío si ellos me dan de alta de nuevo la luz, aunque exista esa deuda pendiente con el anterior inquilino.
Muchas gracias por atender mi consulta y un cordial saludo de José.

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Desconozco la política ante impagos de Iberdrola, pero con Unión Fenosa, hasta que la deuda esté saldada no hay posibilidad de tener suministro (ni tampoco permiten hacer contrato nuevo).
Lo más normal es que en el momento de irse el inquilino, Usted haga las averiguaciones pertinentes para verificar que estén al día todos los pagos, y en caso contrario pagarlos con cargo a la fianza.

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