Cambio de inquilino

Mi arrendatario se ha marchado dejando según dicen, en su lugar, a unos familiares sin consentimiento ni notificación alguna. ¿Debo requerirles en el domicilio arrendado para que en un plazo determinado abandonen el inmueble o qué puedo hacer? No me interesa que sigan allí no son buenos pagadores.
Respuesta
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En principio Usted tiene derecho a que abandonen la vivienda, puesto que no tienen titulo que ampare su ocupación, ya que el contrato no es de titularidad de ninguno de ellos.
Lo que yo suelo hacer en todos los contratos de arrendamiento de vivienda es introducir una cláusula en la que ponga expresamente el nombre y señas de las personas que van a vivir con el arrendatario, para después no encontrarme con sorpresas desagradables.
Si usted no puede contactar con el arrendatario titular (que sería el 1er. Paso a dar para intentar que renuncie a la continuación del contrato a las buenas), yo dirigiría un burofax a nombre del arrendatario titular a la vivienda, dando cuenta de la situación de ocupación ilícita y requiriendo a fin de que los ocupantes procedan a desocupar la vivienda en un plazo determinado, a riesgo de emprender las acciones legales que correspondan para echarles.
Son cuestiones delicadas, porque si los ocupantes no tienen muchos escrúpulos suelen hacer caso omiso de los requerimientos, obligando a pleitear para resolver el contrato o recuperar la posesión del inmueble.

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