He recibido un embargo indebido

He recibido un embargo indebido (estoy exonerado de todas las deudas, tengo el BEPI) que me ha dejado en 14.90€ la cuenta, es decir, más del 99% de mi dinero. ¿Puedo demandarles a parte de recuperar lo embargado? Ya se ha mandado un escrito al juzgado para recuperar lo embargado pero quisiera saber si puedo demandarles por haberme dejado tan poco ya que tengo entendido que hay un límite y cuando hay cargas familiares aún se reduce más ese limite.

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Me parece que esta lectura le responde a su pregunta https://www.pedrohernandezabogado.com/2011/02/bienes-inembargables-hoy.html 

Ese escrito es del 2011 y la ley se ha actualizado. Necesitaría una respuesta algo más "profesional". A parte que, los que me han embargado, son los de Zolva en representación a un banco y en el momento que se me exoneró, se remitió a Zolva dicha exoneración para que los abogados realizacen las acciones oportunas para cerrar el procedimiento abierto contra mi. Está claro que hay una desobediencia por su parte y podría demandarles por ello según tengo entendido (aunque me gustaría que una opinión experta me lo confirmase o no) ya que si ellos siguen haciendo caso omiso y dicho procedimiento sigue abierto y no lo cierran después del escrito que les envié, quisiera iniciar acciones de demanda con los pertinentes daños y perjuicios. 

Esta mañana al leer su comentario considera que mi artículo está desactualizado, por ser de 2011, me veo obligado a responderle.

La incultura jurídica de este país, antes llamado España, hace que la gente, incluidos los que integran el poder legislativo, considere que las normas jurídicas, como los alimentos y las medicinas tienen una fecha de caducidad. Tendrían que reflexionar entonces cómo es posible que la nación más poderosa de la tierra, los Estados Unidos de América sigan rigiéndose por su Constitución fundacional, que está en vigor desde 1787, aquí en cambio como llevamos ya veinticuatro años de este siglo con la misma Constitución, parece a nuestros próceres de urgente sustitución, debe ser porque si no, no nos va a dar tiempo de cumplir nuestra tradición secular de cambiar tres o cuatro veces de carta magna.

Esto ha llevado a aberraciones como la reciente, en la que una ley que supuestamente se dicta para proteger la libertad sexual de la mujer, su aplicación pone en la calle a delincuentes sexuales o, ciñéndonos al tema de este grupo, otra ley que, presuntamente, viene a fomentar las viviendas en alquiler, el resultado es que saca del mercado arrendaticio miles de viviendas.

Esta es mi opinión, que cederá ante cualquiera otra mejor fundada.

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