Ejecutar garantía hipotecaria de una cuanta de crédito

La situación es la siguiente:

50% de un piso es propiedad de la viuda, el otro 50% heredado por un único hijo.

Este hijo, junto con su madre, tiene una deuda de unos 19000€ de una cuenta de crédito que se abrió para pagar una hipoteca durante 3 años (apaño de carencia). El 33,3% de la deuda es de la viuda y el 66, 6% de este hijo.

Ha vencido el plazo de devolución del dinero de esa cuenta de crédito (que ha incremwntándose por intereses de demora). Se daban 13 años para devolución.

El piso de este hijo, si se vendiera, no sería suficiente para saldar lo que falta de hipoteca (quizá faltarían 10000€-15000€).

En la cuenta de crédito se hizo escritura de préstamo indicando que el piso de la viuda (hasta hace poco era del matrimonio, pero falleció recientemente el padre) se establecia como garantía en caso de impago.

En este punto, ¿se puede alargar ese plazo de devolución de la cuenta de crédito para no ejecutar la vivienda? ¿No seria suficiente con que el banco se "quedará" con el piso del hijo, y lo que "faltase" lo incluyeran/sumarán a los 19000€? ¿Hay alguna forma de evitar que desahucien a la viuda? ¿Puede el banco, actuando de buena fe, hacer algo para evitar esto?

Muchas gracias de antemano por las posibles respuestas. Sé que es un poco retorcido.

1 Respuesta

Respuesta
3

Deben tratar de negociar con el banco cuanto antes. Lo que le digamos aquí se si es posible que el banco colabore o no, no sirve de nada. Quienes tienen que encontrar la solución negociada son el banco y ustedes. Y cuanto más esperen y más deuda se acumule, peor pronóstico tiene el problema.

Muchas gracia por la respuesta. Sé que lo que aquí me digan no sirve de nada perse, pero me gustaría saber si este tipo de problema podría llegar a tener solución o no, con la experiencia de ustedes con otros casos similares 

Qué tenemos que hablar y negociar con el banco está claro. Pero es una situación complicada a nivel familiar y de cara a negociar con el banco, agradecería saber si es posible o no hacer algo, siempre que el banco acceda, o realmente sería pedir peras al olmo. 

Gracias de nuevo 

No quiero sonar pesimista, pero la situación no parece muy esperanzadora. Una deuda impagada de un crédito a la que se suman intereses de demora, cuya garantía es un pido. Otro piso hipotecado cuyo valor no cubre la deuda pendiente de una hipoteca vigente. Ustedes no son solventes, obviamente.

Me parece muy difícil que el banco esté dispuesto a entrar en un bucle en el que no tiene ninguna garantía de recuperar lo que es suyo. Pero, como decía antes, deberían intentarlo cuanto antes. Ya sea para ver si el banco les ofrece alguna opción, como si es para poder plantearse (quizá) el poder acogerse a la ley de la segunda oportunidad, para lo cual es imprescindible haber tratado de llegar a una solución amistosa con sus acreedores.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas