Quién paga suministros en usufructo parcial proindiviso?

Hemos recibido una herencia de una casa, ya con escritura de herencia, y yo tengo un usufructo vitalicio del 56% que mi madre me dejó en testamento, su parte, y el 43% restante de la parte de mi padre fallecido hace 19 años y con escritura de herencia ya hecha en su tiempo es a repartir entre los seis hermanos herederos que somos. Segun esto mis hermanos tienen un 7% de usufructo nos dijeron y yo tb de la parte de mi padre. Se que aunque yo tenga la mayor parte de usufructo ellos tb pueden disponer del uso y disfrute. Yo pienso vivir en esa vivienda porque he cuidado a mi madre durante años, reconocido por mi comunidad autónoma con papeles y no tengo vivienda habitual. Donde vivía con mi madre se va a vender. Mi pregunta es: ¿Dos de los hermanos se niegan a que me empadrone en la nueva vivienda y si se vende la vivienda donde estoy empadronada yo que me quedo sin empadronar? Segundo dije que como yo iba a vivir yo pagaba el suministro de luz y agua y que cuando ellos fuera si la demasía era mucho pues ajustados a el tiempo que estuvieran y las personas que fuera se haría la división y se pagase. A todo se niegan, no quieren a mi nombre nada y en mi cuenta tampoco para pagar. Que puedo hacer sabiendo que tengo un 63% de usufructo y siendo propietaria a partes iguales con mis 5 hermanos. ¿Alguien con un 7% tiene el mismo peso que yo?

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les ayude con su caso concreto. Las herencias son complejas.

Si usted es propietario o tiene el usufructo, aunque sus hermanos no quieran, usted se puede empadronar en la vivienda, al igual que el resto de propietarios o usufructuarios.

Parece lógico, que si usted vive en la vivienda, pague los gastos...

Los proindiviso son complejos y un abogado le puede explicar las opciones que tiene. Teniendo en cuenta que no es una sociedad donde se decida por porcentajes.

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