Situación y respuesta de un agente de S. Social

Hace 4-5 meses presente una reclamación en la seguridad social, por no estar conforme con la resolución de mi jubilación, cuando faltaban pocos días para que se cumpliera el plazo que la administración tiene para dar respuesta a mi reclamación, cojo cita para preguntar en que situación estaba el tema, el agente que me atendió, dada la situación atienden por teléfono, en esta conversación me dice que están con ello y que recibiré una carta, a fecha de hoy no he recibido contestación alguna, mis preguntas. ¿Tiene la seguridad social el deber de facilitarme la transcripción de dicha conversación si yo la pido? ¿Podía llegar a considerarse negligente si me dice que están con el tema y es que lo han archivado?

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Claro que sería negligente si te dice algo que no es. Por eso es MUCHO MEJOR que te contactes por escrito. He hablado telefónicamente con seg social y también con empresas de servicios y el agente suele responderte desde su entender, o sea su opinión del tema, que puede ser distinta a la oficial, que es la que recibirás por escrito.
No te darán ninguna transcripción. Si quieres un comprobante debes grabar tu la conversación y decirle al agente cuando inicies la conversación que del mismo modo que ellos graban la conversación por seguridad, tu harás lo mismo por la tuya (que es más importante)
A veces no responden pero deberían. Recuerdo ahora que un vecino me comento que hacia unos meses presentó un escrito a seg social (no se de que trataba) pero resulta que una agente lo llamó por teléfono para decirle que lo que pedía no procedía y sin embargo no le respondieron nunca por escrito, que es como debería haber sido. Lo que no sé, es si esa llamada fue por cortesía de la agente o que era la respuesta oficial de seg social. Me inclino más por la primera opción.
Por lo tanto, lo que tengas que decirles que sea por escrito. Ahí no hay lugar a dudas de que lo que te digan es vinculante. Reclama que no te han respondido, por lo menos que no se olviden de ti

GRACIAS, lo que pasa es que la llamada y como  estamos con los efectos de la pandemia no atienden presencial ni por escrito, o por escrito lo mínimo, ya envié la reclamación por escrito y no han contestado, llame para interesarme por la reclamación y es cuando  te contestan por  teléfono, supuestamente llegado el momento, tendrían que facilitar la transcripción de lo grabado, si no para que sirve. gracias guadalupe 

La transcripción sirve para cuando a ellos favorece. Por eso dice que puede ser grabada. Es lo mismo que hacen todos.

Supongo que el escrito que dices lo has intentado presentar el sus oficinas. Si es así, también puedes hacerlo desde el registro de tu ayuntamiento o de la comunidad autónoma. Se pone Para: y ahí agregas seg social, etc, etc. abajo De: y tus datos. Agrega el teléfono y prepara algo para grabarlo por si te llaman.

Pero que te respondan... puede ser más adelante asique no tengas expectativas. Por lo menos que sepan y quede así registrada tu situación.

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Conviene matizar los conceptos. Si usted ha hecho una reclamación formal ante la Seguridad Social, tiene derecho a recibir una resolución a dicha reclamación, si transcurrido el plazo que señala la ley no le ha sido notificada esa resolución, entre en juego el silencio administrativo en virtud del cual se entenderá denegada, silencio negativo o aceptada, silencio positivo, su reclamación y se le abrirá la vía judicial en el primer supuesto.

Lo que no tiene ninguna transcendencia es una contestación telefónica diciéndole que "están en ello, y recibirá respuesta" .

Le dejo un enlace ampliatorio:

El silencio administrativo en la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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