Cuando se esta exento del pago de plusvalía

Compre una vivienda en el 2006 por un valor superior al de venta en el 2017, mi pregunta es si tengo que pagar la plusvalía del ayuntamiento aunque haya sido inferior el valor de venta al de compra.

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Como norma general, si usted vende por un importe inferior al de compra (perdidas), no tendrá que pagar plusvalía municipal (aunque si presentar liquidación) y aunque tenga que declarar el incremento patrimonial en su declaración de Renta, al haber perdido, no tendrá que pagar por ello.

Ante todo gracias, pero el motivo de mi pregunta es que acabo de recibir el recibo del ayuntamiento del impuesto sobre incremento valor terreno naturaleza urbana, con un plazo de un mes para pagar, no se que hacer . por favor oriéntame

Le recomendamos se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

Las plusvalías municipales son complejas y aunque no se debería pagar si usted ha vendido a perdidas, puede que la administración tenga un valor de mercado superior y considere que si hay beneficio. Hay que estudiar el caso concreto antes de presentar alegaciones. Actualmente hay muchos problemas con esta cuestión.

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