¿La aportación a gananciales de la mitad de una vivienda tributa por IRPF o sucesiones? (Urge)

He incorporado a gananciales el 50% del montante restante de mi piso que supone 60.000 euros.

Tengo varias dudas.

1. ¿Por dónde se declara esta ganancia?

2. ¿Qué importe tendré que pagar?

1 respuesta

Respuesta

IRPF desde luego que no. La duda está en si tributa por el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) o el de sucesiones y donaciones (ISyD).

Le aconsejo la lectura de este artículo.

Muchas gracias por la respuesta.

Leyendo en el artículo que me ha comentado, pone lo siguiente.

"Eso sí, en los dos tipos de operaciones hay que pagar el IRPF por el 50% del valor del bien. y puede generarse una ganancia o pérdida patrimonial".

Con lo cual, me genera dudas de que haya que pagar ITP o ISyD y además declarar una ganancia patrimonial en la declaración de la Renta.

Disculpe. Pensaba que se interesaba por lo que debía pagar el donatario (su esposa).

El donante debe tributar en el IRPF por el incremento de patrimonio (si existe) de lo donado. Ese incremento es la diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión. Lógicamente, esa diferencia podría incluso ser negativa (algo frecuente después del desplome del mercado inmobiliario), por lo que no tributaría. Además, el donante también debería abonar el impuesto municipal de plusvalía. Al igual que el incremento de patrimonio, si transmite "a pérdidas", no tributaría.

En cualquier caso, debería acudir a un profesional para que le gestionara el asunto. No hacerlo correctamente puede provocarle importantes quebraderos de cabeza.

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