Cuánto me deben de vacaciones en el despido

Me han despedido y mi contrato fue desde el 13-07-2015 hasta el 14-02-2020. No me incluyen las vacaciones en el finiquito. Disfruté 30 días a lo largo del 2019. Entonces mi pregunta es si me deben de pagar en el finiquito las vacaciones no disfrutadas desde julio del 2019, o desde enero del 2020.

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¿Te pueden despedir estando de vacaciones?

Explicamos cómo actuar ante una notificación estando de vacaciones en la que nos comunican el despido.

  • Conoce cómo te deben comunicar el despido para que se considere procedente
  • Averigua si te pueden despedir estando de vacaciones por trabajar para otra empresa

Las vacaciones se pueden convertir en inolvidables por muchos motivos, por los buenos ratos, porque no podemos irnos a ningún lado por los motivos que sean o porque no salen como las planificamos; pero lo que muchos desconocen es que se pueden convertir en inolvidables porque nos notifiquen el despido estando de vacaciones.

Se puede recibir un WhatsApp, un email, una llamada o una notificación por burofax, pero no todos los métodos son validos para comunicar un despido a un trabajador que está de vacaciones. Sin embargo, hay que tener en cuenta que sí es legal despedir a un trabajador que se encuentre de vacaciones, ya que dentro de la legislación laboral no se encuentra ningún impedimento para ello.

En relación al despido durante las vacaciones detallamos 9 puntos importantes que debemos conocer.

Debemos intentar evitar un despido en vacaciones

  • Despedir a un empleado durante sus vacaciones es un gesto que deberíamos intentar evitar, ya que, además de generar un malestar añadido en el trabajador y su familia, puede afectar al resto de la plantilla, que se puede preguntar si también a ellos les tocará algo semejante.
  • Como consecuencia, resultado más probable es un deterioro del clima laboral que podría evitarse despidiendo al trabajador antes de sus vacaciones o después de estas.

Despido colectivo

  • En el caso de despidos colectivos, puede ser inevitable que algunos trabajadores estén de vacaciones, pero en estos casos los afectados ya están al tanto de la complicada situación de la empresa, por lo que la notificación del despido cae dentro de lo que se pueda esperar.

Forma de notificar un despido para que sea válido

  • El despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que se llevará a efecto. En relación a los hechos, estos se deben recoger en la notificación, tanto si se trata de causas objetivas como si es un despido colectivo o se trata de uno disciplinario.
  • La mejor forma para comunicar un despido a un trabajador que no se encuentra en la empresa es mediante burofax. Si un trabajador se encuentra de vacaciones y recibe un burofax notificándole el despido en el domicilio que comunicó al incorporarse a la empresa, este será válido al hacerse por escrito y fehacientemente.
  • De hecho, la clave es que la empresa se asegura de que lo recibe el trabajador o que, por lo menos, tiene la opción de hacerlo, de manera que no puede alegar no haberlo recibido.

Preaviso

  • En los casos en que sea obligatorio, se debe realizar un preaviso al trabajador. Si el despido le fuera notificado sin respetar este plazo, el empresario tendrá que abonar una indemnización equivalente al importe salarial de esos días.

Fecha de validez del despido

Cuando se notifique un despido durante las vacaciones, podemos encontrarnos ante dos posibilidades:

  • Que la fecha de efecto del despido sea posterior al fin de las vacaciones, en cuyo caso los efectos extintivos se producen en el día indicado en la comunicación.
  • Que la fecha del despido se encuentre dentro del periodo de las vacaciones del trabajador, en cuyo caso la extinción efectiva del contrato se producirá en el momento en el que finalizan las vacaciones.

Nulidad por defectos de forma

  • Si el despido no se notifica por escrito o no se incluyen los hechos que lo motivan o la fecha de efecto, será improcedente.
  • Si se producen defectos de forma en el despido, el empresario podrá volver a efectuarlo cumpliendo los requisitos formales omitidos en el inicial.

Despido por trabajar para otra empresa

  • El Estatuto de los Trabajadores establece la imposibilidad de prestar servicios para el mismo empresario durante el periodo de vacaciones. Ante esto, surge la duda de si nos pueden despedir por trabajar para otra firma durante nuestro periodo de vacaciones.
  • Dicho tema quedó resuelto en la sentencia del Tribunal Constitucional de 27 de octubre de 2003, permitiendo al trabajador durante el periodo de vacaciones prestar servicios para otras empresas.
  • El Tribunal Constitucional resolvió este tema indicando que los empresarios pueden contratar personas que están trabajando en otras empresas, pero que están disfrutando sus vacaciones, siempre que esto no supusiera una competencia desleal, ya que se deben de respetar los principios de fidelidad, no concurrencia y sigilo profesional.
  • Por lo tanto, en caso de no haber pactado lo contrario, no nos pueden despedir si decidimos trabajar para otro empresario durante los días que nos corresponden de vacaciones.

No conformidad con el despido

  • Puede darse el caso de que el trabajador no esté de acuerdo con el despido y lo considere un despido injustificado. Contamos con un plazo legal de 20 días para poner una demanda pidiendo que se declare el despido improcedente. Dicho plazo empieza el primer día hábil siguiente a aquel en que el empresario dio a conocer el despido a través de una notificación.
  • Una vez que se recibe la carta de despido, se debe dejar sin firmar o, en todo caso, firmarla como “no conforme” y poner la fecha. Solo así se podrá interponer la demanda, que debe presentarse en el Juzgado de lo Social del domicilio habitual del trabajador.
  • Pero hay un paso previo a la demanda, que es la papeleta de conciliación laboral. El día que se presenta este documento, se paraliza el plazo de 20 días y volverá a contar a partir del día siguiente a aquel en que se celebre el acto de conciliación.
  • Si se celebrara el acto y quedara sin acuerdo, el trabajador contará para presentar la demanda con los días que le sobren de los 20 con los que cuenta en total.

Nulidad del despido por discriminación del trabajador

  • Para que el juez declare el despido nulo, debe considerar que se ha producido una discriminación del trabajador, vulnerando alguno de sus derechos fundamentales.
  • También podrá declararlo en determinados casos establecidos en el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores.

En definitiva, un despido durante las vacaciones del empleado tiene algunas singularidades, especialmente en lo relacionado a su notificación, que hacen que deba prestarse una especial atención.

Links de interes

https://www.sage.com/es-es/blog/despido-estando-de-vacaciones/

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