¿Un inquilino debe realizar tareas de la comunidad de vecinos?

En primer lugar, agradecer vuestra atención. Quiero plantear un caso de sentído común pero, como ocurre algunas veces en las leyes, los detalles y los matices hacen que el sentido común deba ser más complejo.

Por ejemplo, en una comunidad de vecinos, pequeña, se llega al acuerdo que, entre todos, se debe limpiar las zonas comunes del inmueble en lugar de contratar a una persona para realizar esas tareas. También establecen, como están en su derecho, las normas de convivencia que se deben respetar por parte de todos los vecinos de dicha comunidad, así como sus estatutos etc...

Sin embargo, uno de los vecinos, por las circunstancias que sean, pone a disposición su vivienda para ser alquilada. Y como requisito para poder alquilar su inmueble, establece que él como propietario paga las cuotas de la comunidad pero es el inquilino quien debe asumir las tareas de la comunidad, por ejemplo, el inquilino tiene que limpiar las zonas comunes, de acceso y escaleras de la comunidad.

¿Estoy muy desencaminado si afirmo que es un requisito bastante cuestionable, por no decir algo abusivo por parte del propietario?. Entiendo que, si el inquilino no tiene derecho a ser presidente de comunidad, no puede convocar reuniones de vecinos, no tiene voz ni voto excepto cuando el propietario delegue en él dicha responsabilidad (por escrito y siempre y cuando el inquilino quiera aceptar dicha responsabilidad ) etc... Entiendo que es abusivo tener que asumir todas las resoluciones de una comunidad a la que no tiene ni voz ni voto excepto aquellas que tengan que ver con la convivencia y el buen uso del inmueble y sus zonas comunes. Pero el inquilino no tiene que, por ejemplo, cuidar y segar el jardín de la comunidad porque está viviendo allí sino es el propietario quien debe realizar esas tareas o contratar a quien estime oportuno para realizar su parte, ya que es el propietario quien ha asistido a las reuniones donde se han establecido esas cosas.

Reitero, ¿estoy muy desencaminado?

4 respuestas

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Usted mismo dice:

”Y como requisito para poder alquilar su inmueble, establece que él como propietario paga las cuotas de la comunidad pero es el inquilino quien debe asumir las tareas de la comunidad, por ejemplo, el inquilino tiene que limpiar las zonas comunes, de acceso y escaleras de la comunidad.”

Por tanto, se entiende que ese aspecto forma parte del acuerdo (contrato) ente arrendador y arrendatario.

Buenos días,

Muchas gracias por su respuesta.

Pero esa condición para poder alquilar, que se entiende como condición, no significa que sea legal. Es decir, como condición se puede poner que, además, tengo que acudir a las juntas de vecinos y votar, previo informe al propietario, lo que el propietario quiera votar. Legalmente hablando, para que yo pueda hacer eso, el propietario debe delegar eso por escrito acordándolo con el inquilino.

Hacerlo así es obligar al inquilino, esté de acuerdo o no, pueda hacerlo o no, a asumir unas responsabilidades que, creo yo, no  entran dentro de su competencia..

Por supuesto, el inquilino puede no aceptar dichas condiciones y fin de la cuestión. Pero... ¿Es legal?

“Hacerlo así es obligar al inquilino, esté de acuerdo o no”

Si ha firmado un contrato con esas condiciones, asumo que está de acuerdo.
El problema podrían tenerlo si al firmar el alquiler no existe esa obligación y, un buen día, la comunidad decide que a partir de ese momento se encargan de la limpieza. ¿Quién se encarga? ¿El propietario que no vive ahí? ¿El inquilino que no ha podido participar de ese acuerdo?
Pero con contrato firmado, no veo el problema. Ni, por supuesto, la ilegalidad.

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El problema que ocurre muchas veces es que cuando alguien alquila una vivienda, no se lee el contrato que ha firmado

Por lo cual, si firmó que tiene que limpiar, pues debera hacerlo

¿Y en que se basa para decir que ese acuerdo no es legal?.

El inquilino no es obligado a limpiar, dado que el aceptado y firmado un contrato con cierta cláusula a la que nunca se le obligó a aceptar

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En mi opinión esa obligación, aunque contractualmente la haya asumido el inquilino, no podrá ser exigida conforme a la ley de arrendamientos urbanos. Le dejo un enlace que, aunque no es el mismo supuesto, puede serle de utilidad

https://www.pedrohernandezabogado.com/2010/10/desahucio-por-no-pagar-gastos-de.html 

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Sí. Es abusiva esa clausula del contrato, pero vamos por partes: 1.Es responsabilidad del propietario y solo del propietario ese tipo de actividades comunitarias. 2.Asunto diferente es que si por esa labor el inquilino tiene un reembolso ya sea en dinero o en descuento del canon de arrendamiento y eso debe estar estipulado en el contrato. 3.Si el inquilino firma un contrato en esas condiciones deberá cumplir con eso y si demanda por ser una clausula abusiva, después de haber firmado se puede dar por finalizado el contrato. La salida a todo este asunto es lo que expreso en el punto 2, donde ambas partes salen ganando.

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