Debo firmar una renovación de contrato de alquiler de 11 meses, ¿Una vez transcurrida la fecha del primero?

Vivo en un piso de alquiler sin amueblar desde hace 11 meses, en el contrato especifica que si el propietario debe avisar 2 meses antes de su finalización su decisión de no renovar. La inmobiliaria me ha enviado el contrato nuevo, con las mismas condiciones de 11 meses más de duración. ¿Mi pregunta es debo firmar el nuevo contrato? ¿O al haber finalizado el plazo del primer contrato ya he "adquirido los derechos" de poder estar hasta 5 años? He abonado todas mensualidades el día 1 de cada mes, pero no confío en que dentro de 11 meses que seria julio de 2020 la inmobiliaria me diga que no renuevan, y que me quiera cobrar la mitad de la mensualidad como quieren hacer ahora, por sus honorarios. Debo firmar el nuevo contrato,?

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Si se trata de su vivienda habitual, el hecho de que la duración sea de 11 meses no afecta a su derecho a continuar en esa vivienda hasta que se cumpla el plazo que le concede la ley, ahora de 5 años, si la fecha de su contrato es de hace once meses, de tres años, sin necesidad de firmar nada.

Hola Pedro, gracias por su respuesta.

No entiendo bien su explicación, en el contrato pone que no es para vivienda habitual. Mi pregunta es si firml el nuevo contrato ahora y en julio del año que viene, me avisa 2 meses antes para decirme que no me lo alquila más, ¿debo dejarlo? ¿O tengo algún derecho a poder quedarme?

Que "derechos" tengo adquiridos ahora mismo que ha cumplido el primer contrato también de 11 meses, y no he tenido ningún preaviso de no renovación, ¿ni firmado el nuevo de "renovacion"? Y que pierdo en cuestión legal si firmo el siguiente de 11 meses, porque entiendo que al firmar el nuevo vuelvo a exponerme a que dos meses antes de su finalización me diga que no renueva.

No se si me explixo

Gracias!

Si esa es su vivienda habitual, es decir si usted no tiene otra vivienda, no importa lo que se haya puesto en el contrato, los contratos de “once meses” son un intento absurdo de defraudar la ley.

Pone que no es para uso de vivienda habitual, mi vivienda habitual en teoría es otra que tengo con hipoteca.

No se trata de hablar “en teoría “ se trata de saber cuál es su vivienda habitual, como dice la ley, el lugar cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.

Mi vivienda habitual es otra, pero vivo en esta. 

El concepto "vivienda habitual" es un concepto fiscal; aquí hay que tener en cuenta lo que dice la ley y le repito: lugar cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.

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