¿Cuándo prescribe cerramiento de terraza ?

Hace cinco años compramos un piso con la terraza acristalada desde hacía unos quince años. La Comunidad se había quejado por ese motivo a la anterior propietaria, así que fuimos al juzgado a informarnos y nos dijeron que esa denuncia estaba archivada y prescrita por falta de más acción por parte de la Comunidad de propietarios. Este mes hay nueva junta ordinaria y en el acta estamos como "demanda en proceso". Por eso les pregunto: si adquirimos el piso y no hemos variado para nada el cerramiento y ya había prescrito esa obra, ¿pueden demandarme ahora a mí por el mismo motivo, si, como digo, no he hecho ninguna nueva modificación?

¿Debo dirigirme al ayuntamiento para presentar algún escrito que demuestre lo expuesto para poder defenderme ante la Comunidad de vecinos?

2 Respuestas

Respuesta
2

Mejor te buscas un abogado, por si acaso prosperase la "demanda en proceso" de que hablas. De todos modos, hasta que no "explote" el caso, yo no haría nada. Ya verás lo que te dice tu abogado.

Tal como yo lo veo, y después de tantos años, lo hecho hecho está. Faltaría solo que regularizaseis los planos de vuestro piso - ya debíais haberlo hecho - encargándoselo a un arquitecto. Con ello se hace un "documento supletorio" al de propiedad, y nadie puede decir nada. No perdéis nada con hacerlo ya.

¡Gracias por su pronta respuesta! 

En las escrituras la terraza está incluida ya. Yo no estoy demandada porque en la carta que me enviaron hace cuatro años, que ni siquiera era del juzgado, aparece el número del proceso abierto a la anterior propietaria, ya fallecida. En ese momento me dijeron que ya había sido archivado y cerrado en el juzgado. 

Pueden abrir nueva demanda a mi nombre si no he modificado nada ninguna obra? 

Respuesta
1

http://www.inmoabogados.es/category/obras-ilegales-en-comunidades/

http://www.inmoabogados.es/el-consentimiento-tacito-de-una-comunidad-de-propietarios/

http://www.rocajunyent.com/content/uploads/documentos_2014-05-08_Consentimiento_tacito_en_la_propiedad_horizontal_frente_a_lo_establecido_en_el_titulo_constitutivo_7661b529.pdf

Creo que estas pag. Le ayudaran bastante

Usted en la junta indique lo que saque en claro, que ha prescrito.

Usted vote no, luego busque abogado o no, bien puede impugnar el acuerdo, o esperar a que venga la denuncia, ¿lo mejor? Ir a un abogado ya .

Yo lo de regularizar los planos no lo veonpor ningun sitio pero...

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas