Como calcular correctamente la amortización de un piso alquilado para aplicar el 3% en la declaración de la renta

Tengo un piso de mi propiedad alquilado en el ejercicio 2018 y quisiera saber como calcular correctamente el porcentaje a deducir por amortización y aplicar el 3%.

Los datos que tengo son:

Valor Catastral 40.080,50
Valor Construcción 19.813,77
Valor del Suelo 26.266,73
Valor de adquisición 140.000

Me gustaría saber cual es la fórmula correcta para hacer el calculo y no equivocarme en la declaración.

Con el resto de datos para el calculo de gastos deducibles no tengo pega y están claros pero este dato no se como realizarlo correctamente.

2 respuestas

Respuesta
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Tienes que comprobar los valores que indicas en la pregunta, ya que si sumas el valor de construcción y el del suelo, nos daría un importe de 46.080,50 euros de valor catastral, no 40.080,50. Una vez revisado y, teniendo en cuenta que el valor catastral correcto es 46.080,50 habría que calcular el porcentaje que corresponde a construcción sobre el total del valor catastral, es decir... 19.813,77 / 46.080,50 = 49,43% y después aplicar ese porcentaje sobre el valor de adquisición, es decir, 49,43% S/140.000 euro = 69.202 euros, este sería el valor de construcción y sobre eso se calcula el 3% de amortización deducible.

Efectivamente me ha bailado un 0 al teclear en el valor catastral, son 46.080,50. Me has aclarado por completo mis dudas. Durante los últimos tres años he realizado este calculo mal, bueno de hecho no lo he deducido por no saber y tener miedo a cometer un error, espero poder modificar los tres años anteriores y recuperar el dinero que no deduje en su día.

Muchisimas  Gracias!!!

Se puede solicitar la rectificación y la devolución de ingresos indebidos desde el ejercicio 2014 (prescribe el 30/06/2019). Todo ello mediante escrito explicando claramente todo y aportando todos los justificantes necesarios.

Muchas gracias, una última cuestión lo único que tengo que modificar es esta deducción de amortización en 2015, 16 y 17. Durante estos años el catastro a mantenido los mismos vslores , así lo veo en el recibo del IBI de los diferentes años, por lo tanto la fórmula se realizará con los mismos valores y de igual manera, no?

Si, así es, el criterio es el mismo en esos ejercicio.

Respuesta

Creo que os complicais la vida. Para mi esta muy claro en la Guia de Renta 2018. Parto de que tienes todos los datos del último recibo de IBI. Al precio total de compra de la vivienda que incluye todos los impuestos y gastos (transmisiones patrimoniales, registro, notario, agencia si procede, etc) se le resta el valor del suelo. A ese resultado se le aplica el 3% y lo que salga es el valor de amortización. Y ya esta.

Para casos especiales, hay otra opción:

Valor catastral, excluido el valor del suelo.
Cuando no se conozca el valor del suelo, éste se calculará prorrateando el coste de adquisición
satisfecho entre los valores catastrales del suelo y de la construcción de cada año reflejado en
el correspondiente recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

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