¿Es posible cambio de estatutos para prohibir uso turístico?

Voy a comprar un piso para destinarlo a vivienda turística, en La Rioja. Si los estatutos de la comunidad no lo prohíben, o bien, no están inscritos en el registro de la propiedad... Entiendo que tengo vía libre para iniciar la actividad.

Mi pregunta es: ¿Si en un futuro, parte de los propietarios de la comunidad podrían decidir cambiar los estatutos para prohibir esta actividad?

2 Respuestas

Respuesta
2

Los estatutos se aprueban por unanimidad

Hola Lorenzo, muchas gracias.  Parece que de un tiempo a esta parte,  en algunos supuestos no sería necesario la unanimidad, pero parece que esto que planteo no se contempla. 

¿Me lo puedes ratificar por favor?

En los estatutos no hay supuestos que valgan, siempre por unanimidad

Art.17.6

Los acuerdos no regulados expresamente en este artículo, que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad, requerirán para su validez la unanimidad del total de los propietarios que, a su vez, representen el total de las cuotas de participación.

Respuesta
2

Para esa modificación de estatutos tienen que contar con su voto, me figuro que no va a prestarse a ello.

Hola Pedro, muchas gracias.  Parece que de un tiempo a esta parte,  en algunos supuestos no sería necesario la unanimidad, pero parece que esto que planteo no se contempla. 

¿Me lo puedes ratificar por favor?

"De un tiempo a esta parte" no, desde que se modificó la ley, pero, a mi juicio ese supuesto no fue modificado, le dejo el enlace con el Artículo 17. Los acuerdos de la Junta de la Ley de Propiedad Horizontal, ahí tiene comentarios que le pueden servir de apoyo a su tesis.

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