Cambio titular de suministro eléctrico

Podría cambiar el suministro eléctrico de titular, si el anterior tiene una deuda con la compañía eléctrica, ¿sin qué yo tenga que abonar dicha deuda?

¿Qué costos tendría yo que pagar para ponerla a mi nombre?

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Sí, puedes hacerlo siempre que demuestres que eres el nuevo titular (o nuevo inquilino).

Las deudas (e incluso las sanciones por fraude) SOLO son exigibles al titular (persona y/o empresa) que poseen el contrato y la titularidad en el momento de generarse (la deuda o el fraude).

En principio un cambio de titular (sin aumento de potencia y con el Certificado en vigor) no conlleva ningún coste.

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