Venta vivienda y pago plusvalía municipal

Hace 8 meses hice en la notaria el tramite y escrituras de extinción de condominio de mi vivienda por separación matrimonial, ahora antes del año de ser el único propietario de mi vivienda habitual, quiero venderla, mi pregunta es ¿tengo qué pagar el impuesto de plusvalía teniendo en cuenta que desde la fecha de la firma de la escritura de extinción de condominio y la venta no ha pasado un año? O me reclamaran los años anteriores de copropiedad al 50% con mi expareja teniendo en cuenta que cuando hice las escrituras de extinción de condominio estaban exentas de pagar la plusvalía

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Ante todo conviene subrayar que

Plus valía como tal no es un concepto jurídico fiscal que exista, se suele atribuir a dos supuestos:

a) Ganancia patrimonial en IRPF que es la diferencia entre el precio de venta y el de adquisición, si no puede acogerse a la reinversión en nueva vivienda habitual..

b) IIVTU (Plus valía municipal) se paga siempre que se produce una enajenación de un inmueble y su importe lo determina el Ayuntamiento a través de la Ordenanza de este Impuesto.

En su caso habrí que saber a qué impuesto se refiere vd-

Me refiero a la plusvalía municipal me contarían la fecha desde la compra de la casa a 50% o la fecha de las escritura de extinción de condominio y por lo tanto la propiedad solo esta a mi nombre.

Se debe calcular desde la fecha en que pagó la última plus valía municipal

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