Mínimo por ascendiente (ascendiente de alta en actividades económicas)

El año pasado mi abuela se vino a vivir con migo y este año tengo pensado meterla en mi declaración de la renta para poder deducir por ella. La duda es que al consultar sus datos fiscales observo que figura de alta en actividades económicas agrícolas pero no ha declarado nada por esta actividad y está jubilada cobrando una pensión pequeña.

Mis dudas:

1 está obligada a presentar el IRPF por seguir de alta en actividades económicas (aunque no declaró nada por esa actividad, lleva años sin trabajar en el campo).

2 en caso de estar obligada puedo incluirla igualmente en mi IRPF.

1 respuesta

Respuesta
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El hecho de estar de alta en el censo agrícola sin tener rendimientos de dicha actividad, no significa que esté obligada a realizar declaración de renta. Te paso la explicación de la AEAT:

139396-obligación de declarar. CENSO AGRÍCOLA

    Pregunta
  • Contribuyente que obtiene durante 2016 una pensión de la seguridad social de 10.650 euros e intereses de una cuenta bancaria de 500 euros. Es propietaria de un pequeño terreno rústico del que no percibe rendimiento alguno. A finales del año AEAT le concedió la baja efectiva en el censo de empresarios (modelo 037). ¿Tiene la obligación de presentar la declaración de IRPF de 2016 por el mero hecho de estar dado de alta en el censo de empresario agrícola (estimación objetiva)?

    Respuesta
  • De acuerdo con lo establecido en el artículo 96 de la ley del IRPF se desprende que, en el caso concreto planteado, no existe obligación de presentar declaración del IRPF, al ser las únicas rentas percibidas las correspondientes a la pensión de 10.650 euros y los rendimientos del capital mobiliario de 500 euros, que en ningún caso superan los límites establecido en dicho precepto, y sin que la mera alta en el Censo de Empresarios suponga la obtención de rendimientos de actividades económicas, circunstancia que implicaría la obligación de presentar declaración por el Impuesto.

Por otro lado te paso los requisitos para poder aplicarte en tu renta la reducción por ascendientes:

134633-minimo por ascendientes: requisitos

    Pregunta
  • ¿Qué requisitos se deben cumplir para aplicar el mínimo por ascendientes?
    Respuesta
  • Los requisitos a cumplir para aplicar el mínimo por ascendientes son los siguientes:

    • El ascendiente deberá tener mas de 65 años o discapacidad cualquiera que sea su edad.
    • Que conviva con el contribuyente, al menos, la mitad del período impositivo. Se considerará que conviven con el contribuyente los ascendientes discapacitados que, dependiendo del mismo, sean internados en centros especializados. En el caso de fallecimiento del ascendiente durante el período impositivo, será necesario que estos convivan con el contribuyente al menos la mitad del período transcurrido entre el inicio del período impositivo y la fecha de fallecimiento.
    • Que no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros.

    No procederá aplicar el mínimo si el ascendiente presenta declaración por este impuesto con rentas superiores a 1.800 euros.

No entiendo el último párrafo, por un lado te piden un renta mínima de 8000 euros y luego  hablan de presentar declaración por rentan superior a 1800. En cualquier caso puedo incluirla en mi IRPF? 

Gracias por tu tiempo.

Se refiere a que por un lado no puede tener rendimientos netos superiores a 8.000 y por otro lado que el ascendiente no podrá presentar declaración de renta superiores a 1.800 euros.

Imagina que ella tiene rendimientos inferiores a esos 1800, en tal caso podría presentar ella su declaración de renta (si es que interesa) y tú incluirla en la tuya como ascendiente sin ningún problema.

Si tiene rentas superiores a 1800 e inferiores a 8000, no podrá presentar declaración ya que en tal caso, no puedes incluirla en tu renta como ascendiente.

Si se cumplen estos requisitos y los otros que expongo, sí puedes incluirla y practicar reducción por ascendiente.

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