Me van a dar el alta y no estoy lista

Llevo un año de baja por depresión y ansiedad debido en parte al trato en el restaurante donde trabajo por parte de mi jefe el cual denuncie por no pagar mi baja.

Ahora me van a mandar a inspección y seguramente me den el alta, pero no me siento preparada ni recuperada y tengo miedo porque se que me hará la vida imposible para que me vaya y no pagarme indemnizacion. ¿Qué puedo hacer?

1 Respuesta

Respuesta

I. Hola Compañera, creo que, cuando ocurra, una opción certera consistiría en tratar de impugnar el alta médica, en este artículo puede leer detalles sobre esta posibilidad,

https://www.miasesorlaboral.es/como-impugnar-el-alta-medica/ 

He visto varias respuestas de expertos de esta página y algunos blogs que abordan este tema, quizás consigan orientarle un poco en caso de que aún no los hubiera visto navegando. Suerte y mucho ánimo.

https://blogs.20minutos.es/tu-blog/2014/10/03/dar-el-alta-medica-sin-estar-recuperado/ 

http://expertolaboralonline.com/cambios-bajas-laborales-enfermedad/ 

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(Respuesta del compañero Josbian).

Tienes que presentar una reclamación en la dirección provincial del INSS de tu comunidad para que te vuelvan a dar la baja.. Pero antes tienes que preguntar por la dirección de la inspección medica que te corresponda y le explicas al director/ra de la inspección medica lo que te a sucedido con tu medico, y que no puedes trabajar en esas condiciones que si hace falta que te hagan un reconocimiento medico para que comprueben que no estas en condiciones de trabajar y no creo que haya ningún problema para que te den la baja, si no estas en con condiciones de reiniciar la actividad laboral, y si te ponen alguna pega es cuando tienes que dirigirte a la dirección provincial del INSS a poner la reclamación pero si quieres puedes hacer las dos cosas al mismo tiempo pero eso lo tienes que decidir .. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta..

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El caso que nos ocupa es cuando se emite el alta médica sin haber agotado los 365 días previstos en la ley.

¿Podemos hacer algo?

Pues bien, hay un procedimiento especial previsto para éstos casos, el procedemiento Administrativo Especial de Revisión de alta.

Si nos interesa actuar, tenemos que hacerlo rápido, porque los plazos previstos para éste procedimientos son muy cortos, podemos instar la revisión del alta médica emitia por la entidad colaboradora en el plazo de 4 días naturales desde su emisión, es decir, que computan los fines de semana y los festivos.

El mismo día que iniciemos y presentemos la solicitud o el día siguiente hábil, habremos que comunicarlo en nuestra empresa.

¿Qué efectos tiene presentar la revisión?

La mera presentación suspende los efectos del alta médica, prorrogándose así la incapacidad durante el tiempo de tramitación.

Se mantendrá el abono de la prestación por parte de la mutua, sin perjuicio de que si la resolución no declara que la baja debe continuar, puedan considerarse percepciones indebidas y debamos devolverlas.

La Resolución.

La resolución debe emitirse en el plazo de 15 días hábiles por parte de Dirección Provincial del INSS.

Deb determinar la fecha y efectos del alta médica, confirmando el alta emitida o bien el mantenimiento de la baja médica.

Es decir, que podemos recurrir un alta emitida por la mutua de trabajo o entidad colaboradora, porque entendamos que no procede, pero debemos tomar la decisión rápido para atender a los cortos plazos que estipula la ley.

Recomendamos ponerse en manos de una asesoría laboral para estar asesorados durante el proceso por un profesional (abogado/graduado social).

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