La mutua me quiere dar el alta medica ¿Qué hago?

A ver por donde empiezo. Soy un trabajador por cuenta ajena que lleva trabajando en su puesto 5 años, resulta que el día 10 de abril fui al medico después de varias veces porque me sentía fatal y me dieron la baja por depresión (baja laboral común) y me mando a salud mental, pues bien en salud mental me dijeron que tengo agorafobia con ataques de pánico y que como trabajo de cara al publico en un centro comercial vendiendo electrodomésticos pues que tomara una medicación hasta que me dieran el alta.

Estoy tomando paroxetina, rexen, y alprazolam, pues bien después de llevar 1 mes y poco de baja me cito la mutua y fui, me preguntaron que que me pasaba y me dijo que siguiera con la medicación, el día 04/07/2012 me cito la mutua otra vez me remitió al psiquiatra de la misma mutua, que al día siguiente me vio y me dijo que haría un papel diciendo que siguiera de baja pero que para finales de mes debería estar mejor y que solicitaría el alta, así que le pregunte que como que eso de suponer, ¿qué sino me verían otra vez? Me dijo que no me vería otra vez y que enviaría ese comunicado a la mutua, y que si me incorporaba a trabajar y seguía igual que me dieran otra vez la baja, ¿pero qué me estas contando? Pues bien parece ser que la mutua me quiere dar el alta aunque todavía estoy con los ataques de agorafobia y pánico, y hoy he ido al medico de cabecera y se lo he comentado y me ha dicho que si la mutua solicita el alta que me la tendrá que dar. Mi pregunta es, en caso de que me den el alta en contra de mi voluntad, sin estar curado, ¿cómo debería yo de actuar? ¿Cuánto tarda la mutua en enviar a mi medico de cabecera el papel solicitando mi alta?

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Si se trata de un accidente o enfermedad que no deriva del trabajo, estamos ante una Incapacidad Temporal (IT) por contingencias comunes. Las mutuas están autorizadas desde 1995 para gestionar la prestación económica por IT si el empresario así lo concierta y previa consulta con la representación de los trabajadores. A partir de 16 días de baja, la mutua puede requerirnos para hacer reconocimientos médicos, pero también debe hacerse cargo de los gastos de desplazamiento (tren o autobús), así como realizar pruebas diagnosticas e intervenciones quirúrgicas. Eso si, las pruebas o intervenciones son voluntarias y necesitan prescripción previa del sistema público, teniendo derecho el paciente a disponer de una copia de todo el expediente y remitirla al médico del INSS antes de una intervención para disponer de una segunda opinión. La mutua no puede darte de alta, pero si puede hacer propuestas de alta médica a la Seguridad Social, informándote previamente. En más ocasiones de las que serían deseables, las mutuas actúan de mala fe. Estas son algunas de las cosas que no pueden hacer bajo ningún concepto:¿Si el médico de la mutua te da el alta y no estás conforme? Lo primero es rellenar la hoja de reclamaciones de la mutua (si dispones de sindicato, abogado o conoces a algún médico de confianza, intenta que interceda por ti). Sólo dispones de 4 días para notificar la disconformidad con el alta ante la Inspección Médica (Art.3 RD1430/2009). Si tu estado de salud aún no es el adecuado, acude al médico de la Seguridad Social para solicitar la baja laboral por contingencias comunes y, acto seguido, reclama ante la Inspección Médica solicitando una revisión que obligue a la mutua a retomar el proceso. En caso de no disponer de la baja médica, deberás incorporarte al puesto de trabajo, con independencia de haber impugnado el alta, de lo contrario puedes ser objeto de sanción laboral. Puedes impugnar el alta de la mutua mediante reclamación administrativa ante el INSS, en los 30 días siguientes a la fecha de notificación del alta. En caso de negativa o no contestación no te quedará más remedio que acudir a la vía judicial antes de 2 meses (desde la notificación). Recuerda, en caso de accidente de trabajo sólo tendrás 4 días naturales para reclamar ante la Dirección Provincial de la Seguridad Social. (RD 1430/2009). Por lo tanto si la mutua te quiere dar el alta medica y el medico de cabecera esta dispuesto a darte el alta si así lo solicita la mutua, y tu no estas en condiciones de reincorporarte al trabajo porque no te encuentras totalmente recuperado de tu enfermedad, si no estas afiliado a ningún sindicato o no quieres que te asista ninguno de los que tenemos en España deberías de ponerte en contacto con un abogado particular o solicitar uno de oficio en el colegio de abogados situado en el juzgado de lo social de tu ciudad, para que se encarguen de gestionar la reclamac¡On por disconformidad con el alta medica, y el abogado te dirá como tienes que proceder en tu situación, y deberías de ponerte en contacto con el abogado antes de que te den el alta medica porque las mutuas no tienen ningún reparo en dar el alta medica lo antes posible para ahorrarse la prestacion por incapacidad laboral de los trabajadores que atienden en sus centros sanitarios, un que me parece vergonzoso que tu medico de cabecera este dispuesto a darte el alta medica en cuanto le llegue la proposición del alta medica de la mutua así que no esperes a que te den el alta medica y pon el caso en manos de un abogado particular o de oficio... Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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