Pasivo por diferencia temporaria imponible

Somo una SL PYME, hemos recibido una subvención de capital no reintegrable para la adquisición de una maquinaria por 4.000 euros, la he contabilizado de la siguiente manera:

(572) 4000 a 3000 (130)

1000 (479)

A 31/12 he amortizado la maquina aL 10%, y he hecho el siguiente asiento:

(130) 300 a 400 (746)

(479) 100

¿Mi pregunta es si en el IS tengo que realizar ajuste respecto a la cuenta 479?

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No. Lo has hecho muy bien, la diferencia entre las diferencias temporales y las diferencias "temporarias" es justo, eso, lo que has contabilizado es una diferencia "temporaria" que no pasa por la cuenta 6301 de Impuestos diferidos. Se hace directamente neteando en el balance. Por lo tanto no tienes que hacer nada más.

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