Como es el procedimiento para darme de baja temporalmente de la seguridad social

Soy autónomo y por cuestiones personales estaré fuera de España 3 meses y por tanto no podre desempeñar mi trabajo. Me quisiera dar de baja durante esos meses. La idea es darme de baja los meses de junio/julio/agosto y septiembre.

¿Cuál es el procedimiento que debo realizar para darme de baja y para darme de alta nuevamente? ¿Hasta qué día tengo plazo para poder hacerlo? Y además yo en las presentaciones de los formularios 130 y 303 del primer trimestre tengo saldo a mi favor. ¿Lo pierdo en caso de darme de baja temporalmente?

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¿En Seguridad Social tienes alguna bonificación?

Si no tienes ninguna puedes darte de baja en el autónomo perfectamente el mismo día que acabes tu actividad, pro ejemplo, el 31 de mayo y cuando vuelvas a España te vuelves a dar de alta por ejemplo el 1 de octubre.

Y en cuanto a los saldos a favor que tiene con en los modelos 130 o 303 no los pierdes puesto que dicha devolución o compensación no la pides hasta el ultimo trimestre. Por tanto, cuando vuelvas a darte de alta tiene en cuenta esos saldos a tu favor en la declaración siguiente que vayas hacer.

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