¿A quién reclamo la devolución de la fianza?

Acudo a ustedes por si pudieran orientarme. Mi caso es el siguiente: He estado alquilado en régimen de arrendamiento solidario en una vivienda de 3 dormitorios de la que yo ocupaba un dormitorio y zonas comunes. Cuando entré a ocupar mi habitación firmé un contrato de vinculación y ese mismo día pagué mi mensualidad y la parte proporcional de fianza que me correspondía y que le devolví directamente al inquilino saliente al que yo sustituía. A primeros de año, por cuestiones de trabajo, un compañero de piso y yo dejamos nuestras respectivas habitaciones previo aviso al casero y firmamos un contrato de desvinculación en el que no se mencionaba nada sobre la devolución de la fianza. La habitaciones se alquilaron de nuevo inmediatamente después de nuestra salida. El problema es que a día de hoy, 3 meses después, aun no hemos recuperado la fianza. El casero se desentiende de toda responsabilidad de devolvernos la fianza con el pretexto de que se trata de un contrato solidario y delega esa responsabilidad en los inquilinos actuales. Resulta que los 2 inquilinos entrantes que nos sustituyeron entregaron la fianza que nos correspondía al tercer inquilino (llamemosle X), el que permaneció tras nuestra marcha y con el cual no nos llevamos precisamente nada bien. Éste ahora se niega a devolvernos la fianza argumentando toda clase de excusas. Por un lado pretende descontarnos una serie de desperfectos, la mayoría de los cuales se ha sacado de la manga. Aún así nosotros no nos hemos negado a pagarlos, aunque como digo la mayoría de desperfectos son inexistentes o puras nimiedades. Incluso yo me he ofrecido a reparar uno de esos desperfectos, que casualmente ya existia cuando yo entré a habitar la vivienda, pues conozco un profesional que nos haría mejor precio, pero el inquilino X nunca está disponible para reparar, claramente no quiere que se arregle, parece que se ha apropiado de nuestro dinero de la fianza y le cuesta devolverlo, para colmo encima se va regodeando de que tenemos que andar detrás de él si queremos recuperarlo. El hecho es que no hace más que darnos largas y él tampoco hace nada, ni repara nada, ni nos presenta presupuestos ni facturas de reparación, y nunca le viene bien que vayamos a reparar tampoco. En vista de esto acudimos al casero para pedirle que nos echara una mano mediando entre ambas partes, a lo cual accedió en un principio, pero después todo se quedó en buenas palabras, como digo se lavó las manos y se apartó como si no tuviese nada que ver en el asunto, para colmo además ha hecho algo totalmente irregular hasta ahora, pues incluso ha pasado de enviarnos la última factura de consumo por email, como ha hecho siempre. En vista de que no nos llegaba esta última factura para descontar de la fianza, se la pedimos. Su respuesta es que no la tiene porque se la entregó en mano a los actuales inquilinos y que tampoco tiene ninguna copia, algo muy extraño pues es un hombre muy meticuloso y todo lo lleva muy bien atado, jamás ha hecho esto de entregar la factura en papel, y además añadió que nos entendamos directamente con el inquilino X, precisamente el que está manejando todo este asunto con manifiesta mala fe, lo cual ya nos hace echarnos las manos a la cabeza y pensar mal también del casero, máxime siendo conocedor de que tenemos problemas con el inquilino X para recuperar la fianza, es decir que no sólo está pasando de nosotros, ni hace nada por mediar e intentar solucionar el problema, sino que además parece que intenta favorecer al inquilino X mientras nos perjudica a nosotros pues nos deja en la absoluta ignorancia sobre el importe de los gastos pendiente de cobro y que deben descontarse de la fianza. Todo porque ya no somos sus inquilinos y como nos dijo en una ocasión se había informado con su abogado y no tenia ninguna obligación con nosotros, siempre amparándose en que se trata de un arrendamiento solidario y al parecer esto le exime de cualquier obligación. Es que no puedo entender esta impunidad. ¿De verdad un arrendamiento solidario libera al arrendador hasta este extremo de no tener ninguna obligación más que recoger la mensualidad y punto? ¿Del resto ya se ocupan y se organizan como puedan los inquilinos entre sí? ¿Cómo se protegen los derechos del inquilino en este caso? Porque la verdad, esto ya me parece una tomadura de pelo, creo que se está abusando de nuestra buena voluntad por solucionar esto de la mejor manera, aún incluso asumiendo desperfectos que no existen o no nos corresponden. Quisiera saber qué puedo hacer, dónde dirigirme y a quién debo reclamarle legalmente. Cuál es la legislación que me ampara y a la que puedo acogerme, porque veo que por las buenas esto no se va a solucionar y estamos totalmente desorientados. ¿Qué responsabilidad tiene el casero en este caso? ¿Qué derecho tiene el inquilino X a apropiarse de nuestra fianza, retenerla y manejarla a su antojo? ¿Podemos reclamar la fianza que asciende a unos 1000€ los dos ex inquilinos conjuntamente o cada uno por nuestra cuenta?.

2 respuestas

Respuesta

¿Queda constancia de que hayas hecho entrega del pago de la fianza y a quien se lo has hecho?

Buenos días, si que tengo el justificante de la transferencia bancaria que realice a la cuenta me proporcionaron los inquilinos. Yo, puse el nombre del arrendador como beneficiario, aunque luego me enteré que la transferencia iba directa al inquilino saliente y  en el concepto puse « fianza alquiler»

Pues se la deberías de reclamar al titular de esa cuenta donde hiciste el ingreso, es que es el problema de las fianzas entregadas de ese modo, que las cogen unos y otros sin quedar constancia ni ser depositadas en los organismos públicos.

Podrías preguntar al propietario del piso si ha autorizado al tercero que se ha quedado en él para que subarriende habitaciones, en tal caso sólo podrías ir contra el para reclamarle la fianza. En caso de que no estuviera autorizado podrías ir contra el para reclamar la fianza y por suplantar la identidad del propietario en un tipo delictivo de los englobados en la estafa.

Mi consejo, ya que parece que el dice que te devuelve la fianza pero descontándote los arreglos (mal hecho el no dejar constancia de los desperfectos previos a tu entrada), que te firme un papel diciendote que te devolverá la fianza una vez descontados los gastos producidos por la reparación de daños. Una vez te vaya a devolver la fianza, en ese acto, ve acompañado de alguien, amigo, vecino, alguien que no sea familiar directo tuyo, y reclámale las facturas de los arreglos. Obviamente, y al leer tu pregunta, parece que esa persona lo que busca es quedarse con el dinero sin hacer reparación alguna.

Des esta manera que te digo, el reconoce contigo una deuda, a nivel particular claro, y como no tendrá justificante de esos arreglos ya tendrás medio trabajo hecho, pero si o si lo más probable es que te toque acudir a algun abogado, antes o despues.

Lo primero agradecerle su respuesta y su interés. Discúlpame pero no entiendo a quién se refiere que debo reclamarle ¿Al inquilino saliente al que le transferí la devolución de su fianza o al arrendador que también aparece en está transferencia, pero por error? quizá no me he explicado bien. Todo esto es nuevo para mi,  no sabía de la complejidad y consecuencias de ciertos contratos de alquiler y ahora estoy aprendiendo a base de golpes. El asunto es que, como le he comentado,  hay un error, una contradicción por confusión mia en el documento (no se si finalmente hasta incluso pudiera favorecer en algo). Resulta que el titular que consta en el justificante bancario de la transferencia como beneficiario del pago de la fianza es el arrendador, pero a pesar de que figura a su nombre, en realidad el arrendador no es el titular de esa cuenta, pero como le digo fue por desconocimiento mío, pues di por hecho que la fianza se la estaba pagando al arrendador, era lo lógico!. Luego me enteré que no era así,  que el número de cuenta pertenecía al inquilino que dejaba la habitación que yo ocupé, al que le devolví la fianza directamente. El arrendador si tiene depositada en el Ivima la fianza inicial que se pagó cuando se firmó el contrato original al que después nos hemos ido vinculando y desvinculado sucesivamente. 

Otra cuestión es que no, el inquilino  no está autorizado a subarrendar, de hecho hay una cláusula en el contrato original que prohíbe expresamente el subarriendo, siendo causa de rescisión de contrato. Los sucesivos contratos de vinculación o de desvinculación que se han firmado como un anexo al contrato original, nos lo ha proporcionado el arrendador han sido firmados por todos, los inquilinos y el arrendador. El inquilino X en este caso es como si se hubiera otorgado a si mismo unos poderes o derechos que no le corresponden, pero arropado con el consentimiento tácito del arrendador.

Pues si la fianza está depositada en el IVIMA puedes acudir a ellos con el documento según rescindes tu contrato y que te asesoren ellos pues quizá hayan vivido esa situación. Entiendo que si tu en tu contrato pone una fianza, podrías reclamársela con el escrito que extingue el contrato ante el IVIMA.

De todas maneras aunque tengas una transferencia en concepto de fianza, tu esta la has realizado al inquilino saliente, quién no tiene nada que ver en el asunto, creo.

¡Gracias! Muchas gracias por su ayuda, por su tiempo e interés. Espero poder contar con usted de nuevo en caso de necesitarle. Un cordial saludo

Disculpe, me han comentado que  podria reclamar la fianza a través de un juicio monitorio presentando el documento de desvinculación del contrato que firmamos todos los inquilinos y el casero. Cree que podía ser viable?  En este casi mi duda contra quién me dirijo surge de nuevo. Reclamo al casero o al/los inquilinos ? Y podría reclamar a ambos? Muchas gracias nuevamente. 

En el contrato que firmas de alquiler de la habitación, ¿hace referencia a la fianza? ¿En qué cuantía?

Respuesta

Es que es un tremendo error firmar un contrato de arrendamiento solidario con desconocidos eso es algo que solo se hace con amigos muy cercanos o con la pareja porque implica ser UNO ante el casero .

Vosotros necesitais un abogado si quieres recuperar ese dinero ya que no parece que tengan ganas de devolverlo por las buenas.

Podéis contratarlo conjuntamente sí

Pues no sé si compensará contratar un abogado por el importe de que hablamos, la verdad... Lo que hemos pensado es  ir directamente y denunciar, pero a quién? Al casero como responsable? Al inquilino X por apropiación indebida? A ambos? Alguna garantía o protección jurídica debe tener el inquilino solidario para recuperar la fianza, no? De verdad se puede estafar e irse de rositas el uno por el otro así de fácil?

Es que no es ir a la policía... es acudir al juzgado. Y para eso hace falta un abogado.

En un juicio el "culpable" paga las costas. Salvo que no tenga de dónde embargarle claro.

Tengo entendido que hay ciertos tipos de juicios para los que no se necesita abogado. Podría ser mi caso?  Y en caso que si,con el documento de desvinculación de contrato firmado por el casero podría reclamarle la fianza a éste? Gracias por su respuestas 

Bueno lo que usted dice es un juicio monitorio. Y eso es para cuando está todo clarísimo... una factura sin pagar, una cuota de la comunidad... Etc.

En su caso no es tan fácil... porque primero habría que establecer quién es el deudor.

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