¿Cuándo prescribe una deuda firmada ante notario?

Firmé en 2008 un documento de reconocimiento de deuda con dos personas, según el cual tenían 10 años de plazo para devolverme el dinero. Como me van pagando poco a poco no he iniciado reclamaciones, pero no sé cuándo prescribe la deuda. ¿Cuándo tendría que exigir el resto del pago o denunciar?

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El cómputo de la prescripción empieza desde que se debió hacer un pago y no se hizo. Como el reembolso parece estar vigente, pues le pagan menos pero le pagan, la prescripción se iniciaría cuando usted resuelva judicialmente la obligación (por falta de pago completo) o desde la última fecha del pago.

y cuánto tiempo ha de pasar desde la última fecha de pago para que prescriba, son 3 años?

Desde el último pago son 5 años para que prescriba. De todas formas habría que ver el documento donde consta la obligación, pues si se está incumpliendo parcialmente puede usted declarar resuelta la obligación íntegra y pedir que se reintegre toda la cantidad, y en todo caso puede hacerlo si, vencido el plazo para el que se constituyó la obligación, esta no se ha cumplido aunque solo haya sido por un euro.

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