Aparcamiento en zona dse minusválidos

Hoy a las 12 de la mañana del día 7 de enero me han multado por aparcar en el aparcamiento del C. Comercial La Vega de Alcobendas en zona de minusválidos, mi coche llevaba unos distintivos en la parte trasera del vehículo (no los oficiales) yo soy minusválido pero todavía no tengo reconocida la movilidad porque en su día no la solicité, ahora estoy en proceso, lo más grave es el caso de mi pareja también minusválida con una cojera ostensible visualmente muy explícita, necesitando muleta/s para desplazarse, por lo cual aparqué allí al no encontrar otra plaza, tengo fotos de todo lo mencionado, y me surgen varias dudas varias dudas, ¿ese aparcamiento no es privado?, aunque el uso sea público, porque cuando se avisa a los municipales por un problema en el garaje de tu casa dicen no querer intervenir por ser privado; por otra parte el vehículo estaba destinado a trasporte de personas minusválidas…que puedo hacer.., me dan 20 días para el pago reducido, ¿debo esperar a la notificación…que puedo hacer…?, muchas gracias.

2 Respuestas

Respuesta

El hecho de que tanto su esposa como usted tenga modificada su movilidad les da derecho al reconocimiento legal de tal circunstancia y a proveerse de los permisos de aparcamiento necesarios. Pero en ningún caso a arrogarse los beneficios de un estatus que todavía no ha sido reconocido. El aparcamiento de ese centro comercial ha destinado unas plazas a quienes tienen la condición legal de personas de movilidad modificada, y no a quienes de hecho dicen manifestar que la padecen, por lo que la ley es muy estricta: quien hace uso de esas plazas de un aparcamiento de uso público sin estar debidamente habilitado para ello, están ocupando una plaza reservada a otras personas. Pague la multa en su modalidad reducida. La autoridad que le ha puesto la multa no tiene las facultades para reconocerle por vía de recurso la condición de persona con capacidad reducida, y por tanto es fútil cualquier intento en ese sentido.

Respuesta

Abundando en lo que dice Juan Carlos, la diferencia entre el parking del centro comercial, es que este es privado de uso publico y el parking de tu comunidad de vecinos es privado de uso privado.

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