Alta por accidente laboral que no permite ejercer la profesión

Tenemos contratada en casa una señora que realiza los trabajos del hogar des de hace 4 años. El pasado junio tuvo una mal caída y se fracturó el brazo mientras ejercía su trabajo en casa; accidente laboral.

Tras cuatro meses, ayer me llama comunicándome que la mutua le ha dado el alta, pero en cambio tiene aún inmovilizados los dedos por lo que no puede planchar ni hacer muchos de los trabajos de casa que realizaba. En este caso como empresaria de esta persona aún accidentada, ¿cómo puedo responder?

1 respuesta

Respuesta

SI continúa sin poder hacer las funciones por las que fue contratada, esa trabajadora debe continuar de baja, si la mutua ya no se hace cargo de la situación, la trabajadora debe ir a su médico para que le vuelva a dar de baja, indicando que está imposibilidad de trabajar vine del accidente laboral. Una vez tenga concedida la baja, del pago se encargará el INSS desde él momentos que le corresponda.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas