Prisión por impago de multa en un delito leve.

El juzgado de Instrucción número 4 de Badajoz me condenó en un juicio por delito leve a la multa e indemnización de 480 euros. Recurrí a la Audiencia Provincial y perdí. No fue la Audiencia Provincial quien me notificó la resolución sino el propio juzgado mediante ejecución, donde me dieron diez días improrrogables y sin fraccionamiento para pagar dicha cantidad.
Estando dentro del plazo, he mandado un escrito al juzgado solicitando el pago aplazado pero no me han respondido, así que después de estar días intentando contactar con el apartado de ejecuciones vía telefónica, puesto que no resido en Badajoz sino en otra provincia, me sale una mujer que se supone que lleva el tema y me deniega el pago fraccionado, me dice que tampoco se puede sustituir por trabajos en beneficio a la comunidad ni retención domiciliaria y que los pagos inferiores a 3000 euros no los aplazan nunca. Le informo de que un abogado me había recomendado pedir el fraccionamiento y me responde con que los "abogados mienten".
Me dijo que si no pagaba, al cumplir los diez días la policía vendría a detenerme a mi casa para meterme en la cárcel. Sobre el escrito que mandé, dice que le había preguntado al secretario judicial y que éste había denegado el fraccionamiento (no tengo constancia por escrito de la respuesta del juzgado).
Llamé a un abogado de Badajoz esta mañana para consultarle y me dijo que por el impago de multa en el delito leve no se va a la cárcel, máxime cuando he intentado llegar a un acuerdo con el juzgado y me aclaró que esa mujer no me había dicho la verdad y que eso no era posible al tratarse de una cantidad baja. Sin embargo, me recomendó hablar con mi abogado de oficio, el que me había llevado el recurso (que, por desgracia, nunca coge el teléfono).
Necesito asesoramiento urgente porque temo que pasado el plazo el juzgado cometa una injusticia y vulnere mis derechos, cuando soy consciente de que otros juzgados sí aprueban el fraccionamiento y, si no lo hacen, al tratarse de un delito leve lo sustituyen por retención domiciliaria o trabajos comunitarios.
A ser posible que el abogado sea de Badajoz por si tiene que hacerme algún escrito o acudir personalmente allí. Yo estoy en otra provincia de España.

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Respuesta

La posibilidad de fraccionar la multa es facultativa del juez, aunque es insólito que en su caso no hayan querido. No presente escritos: hágalo mediante una comparecencia, que la funcionaria tiene que documentar, y en el mismo acto le señalarán los plazos. Como le ha dicho el abogado que consultó, por un delito leve no hay cárcel. Pueden embargarla, sustituirla por una pena de localización o arresto domiciliario o, en fin, por una multa.

Le agradezco su respuesta. Si no consiguiera solucionar el problema, ¿usted podría ayudarme con el caso? Se lo comento porque no me puedo presentar al residir en otra provincia y tengo problemas para contactar con el abogado que me llevó el recurso, ya que casi nunca coge el teléfono y los días siguen pasando.

Claro. Deme sus datos y los del procedimiento (juzgado y número de asunto). a [email protected]

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