Delegación en inquilino de las tareas que corresponden como presidente

¿Puede realizar un inquilino las labores de presidencia previa autorización del propietario e informe de dicha autorización a la comunidad?

3 Respuestas

Respuesta
1

Además no puede delegar sus obligaciones en nadie, ni propietario y muchos menos inquilino.

Si acude a alguna junta el inquilino, no le dejen entrar, a no ser que lleve autorización, pero solo lo representara como propietario, nunca como presidente.

¿Por cierto cuales son esas delegaciones?

¡Gracias! Las delegaciones son ocuparse de avisar cuando hay que hacer alguna reparación pequeña como cerraduras, luces, etc. Gracias

Respuesta
1

en principio, no.

Según la ley, el presidente debe ser propietario.

¡Gracias! 

Hombre, si todo lo que hace es avisar al Administrador cuando detecta alguna pequeña avería del día a día (bombilla, etc.), no veo el problema. Sobretodo, teniendo en cuenta que, si el Presidente no vive en la finca, es la solución más eficiente.

El problema lo vería si actuara como Presidente, en las tareas del cargo: convocar Juntas, apercibir a otros propietarios, firmar un Acta, etc., etc.

Respuesta

No. Las funciones de presidente no pueden ser delegadas en nadie.

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