Dar de baja un seguro antes mes de Ley

Para dar de baja un seguro según la Ley hay que hacerlo con un mes de antelación a la fecha de vencimiento del mismo. Mi pregunta es si se envia notificación a la aseguradora despúes de ese mes; es decir, si mi seguro me vence el 1 de febrero por ejemplo, si yo envio notificación a la compañía el día 23 de Enero, ¿ésta me lo debe dar de baja no? Aunque no se haya enviado con ese mes de rigor que tendría que haber sido antes del 1 de Enero. ¿Me lo tiene que dar de baja igualmente no?

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Efectivamente estás obligado a pagar el seguro si no has cumplido el mes de preaviso. Pero si puedes cancelarlo incluso después del vencimiento en el caso de que la compañía haya modificado las condiciones particulares sin notificación previa.

Por ejemplo, si te han subido el precio significativamente y no te han avisado previamente y te encuentras la subida directamente en el recibo, en ese caso puedes comunicar a la compañía que no estás de acuerdo y puedes anular la póliza.

Seguros YCC

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No necesariamente. Para eso está el período de preaviso obligado. Para evitar la renovación automática. Si no cumple con el plazo de preaviso, la compañía puede haber renovado la póliza y no estaría obligada a cancelarlo.

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La Ley esta para cumplirla.

Le pueden anular el seguro pero al final del periodo y usted esta obligado a pagarlo.

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María José.

El mundo del Seguro, es eso. Un mundo.

No se, a que tipo de póliza de seguro te refieres, te explico de igual modo.

Una póliza sea cual sea se paga por adelantado, ¿no?. Una vez llegado el vencimiento, tu decides continuar o no. Nada te vincula, obliga o exige, continuar con una póliza que has pagado y llegado al final de su vencimiento. Se debe avisar con 30 días para la no renovación. Muchas, la mayoría de las pólizas aún avisando te las intentan pasar por el banco.

Tienes que ir a tu banco y hacer un filtro sobre la póliza en cuestión, para que no te la vuelvan a cobrar.

AHORA TE DIGO QUE: si se trata de pólizas con pago trimestral, semestral. Tienes la obligación de cerrar el año. Mucho cuidado con esto, sobretodo en vehículos. Si incumples, cuando vayas a hacer otra póliza a tu nombre, se dispara el precio una barbaridad.

Que no te cuenten milongas, tu contratas por períodos anuales y tu decides continuar o no.

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