Puede el banco embargar mi vivienda por el 50%

Tengo una vivienda embargada por el banco. Costó en el 2007 (212.000 eur. 52m2 ) pagué aprox. 100.000 eur. Dejé de pagar por quedarme en desempleo. En el 2012 hubo subasta, quedó desierta, me la quisieron embargar por 50% de tasación, (280.000 eur) en escritura, reclamé (según ley EC 671)Cuando es 1ª vivienda se embarga por8 60 -70 % de tasación) ahora me proponen compra de activos(me la tasan por 100.000 eur )y un alquiler de 260 eur.(Estoy cobrando 700 eur)que recurso me queda aparte de perder el dinero pagado(100.000 eur) y quedarme sin vivienda. El banco en cuestión es CCM.

1 Respuesta

Respuesta
1

Entiendo que su entidad actual es Liberbank SA, si es así, está adherida al "Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual" y si además cumple usted con los criterios fijados en esta normativa para que le sea de aplicación, debería solicitar una reestructuración con las siguientes características:

  • i. Carencia en la amortización de capital de cinco años. El capital correspondiente a las cuotas de ese periodo podrá o bien pasarse a una cuota final al término del préstamo o bien prorratearse en las cuotas restantes, o realizarse una combinación de ambos sistemas.
  • Ii. Ampliación del plazo de amortización hasta un total de 40 años a contar desde la concesión del préstamo.
  • Iii. Reducción del tipo de interés aplicable a Euribor + 0,25 por cien durante el plazo de carencia.
  • Iv. En todo caso, se inaplicarán con carácter indefinido las cláusulas limitativas de la bajada del tipo de interés previstas en los contratos de préstamo hipotecario.

Para ello tendría que aportar la documentación que se indica en la propia norma, que puede consultar en el siguiente enlace: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdl6-2012.html

Esto le saldría mucho más barato que lo que le están ofreciendo y además conservaría la propiedad de la vivienda durante al menos un plazo de 5 años

No obstante como le he dicho al principio habrá que ver primero si tanto usted como la operación que firmó en su día y la situación actual de la misma cumplen los requisitos para que le sea de aplicación esta norma.

Espero haberle ayudado.

Saludos

¡Gracias! Es un poco complejo mi caso estoy un poco cansado de tanto abuso por parte de los bancos, lo sstoy reclamando el tema de clausulas suelo, gastos de notaria etc.. etc.. y veré la forma de liquidar las cuentas y a otra cosa.por que como me sigan tocando las narices voy al banco y alguno le parto la cara por sinvergüenza estafodor engañar a la gente y degerados sin escrúpulos. A más de uno había que colgarlos del pescuezo y ponerlos al sol que se sequen.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas