Confusión por divorcio para hacer el libro de familia

Mi esposa nació en Venezuela, de padres españoles, ella es divorciada de su primer matrimonio en el año 1993. Nunca tuvieron hijos, después ella gestiono sus papeles para hacerse española en el año 2000 eso quiere decir que se registro legalmente como nacionalidad española 6 años después de su divorcio.

Ahora en el año 2006 contrajo su nuevo matrimonio con mi persona, tenemos dos niñas que también ya se les hicieron sus papeles y son también españolas.

Ahora queremos registrar el libro de familia en España porque estamos pensando emigrar a ese país, pero ahora nos tiene preocupado lo del problema de su divorcio.

Nos informan que primero mi esposa debe registrar en los tribunales de España la sentencia de divorcio llamada exequátur, para después hacer el libro de familia con el nuevo matrimonio, pero otros nos informan que si el divorcio fue hecho antes de que ella se registrara como española, y nunca ese matrimonio fue registrado en España, según dicen que no hace falta hacer el exequátur porque el divorcio fue antes de hacerse española.

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Para que una Sentencia de divorcio extranjera sea válida en España debe ser admitida y reconocida por un Juzgado Español.

Para reconocer un divorcio fuera de la Unión Europea, es necesario hacerlo a través del procedimiento conocido por " exequatur " .

Mediante este mecanismo las sentencias dictadas en el extranjero, adquieren la misma validez que las dictadas por Tribunales Españoles.

Una vez que la Sentencia haya sido reconocida por un Juzgado Español, podrá ser inscrita en el Registro. Civil, en tanto en cuanto esto no suceda no podrá la misma acceder al Registro Civil.

Para este procedimiento es necesario la asistencia jurídica de Abogado y Procurador.

Saludos cordiales

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Derecho de Familia/ Madrid 

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Estoy entendiendo que ninguno de los dos matrimonios se realizaron en España, ¿es correcto?

Buenas tardes Doctora, correctamente, ninguno de los dos matrimonios fueron realizados en España, los dos fueron en Venezuela, el primero fue en el año 1989 y divorciada en el 1993, y el segundo matrimonio fue en el 2006 gracias a Dios  hasta ahora actualmente estamos casados, y todavía vivimos en Venezuela, Gracias.

Si ella, en el momento de su primer divorcio era ya española, falta el trámite de convalidar su estado civil en el registro civil español. Por ello, para subsanar esa omisión y poder hacer el nuevo es por lo que creo que os piden que declaréis el primer divorcio. Si, creo que es necesaria la inscripción exequator (="a requerimiento") del primer divorcio.

Ok, Buenos dias doctora, ella es de padres españoles, pero ella nació en Venezuela, es venezolana de nacimiento,  y se hizo española en el año 2000 a través del cónsul español aquí en Venezuela  introduciendo los documentos por aquí.

Ella cuando se caso en su primer matrimonio y cuando se divorcio, todavía en ese momento no era registrada legalmente como española.

Exactamente. Por decirlo de algún modo, cara a la legislación española, su esposa aparecería en el año 2000 con un estado "divorciada". Si posteriormente cambió su estado civil, y en España no estaba registrado tampoco el nuevo cambio, al cambiar el segundo, habría que arrastrar el "histórico", por decirlo de algún modo. Si no, se arrastraría un vacío legal.

 Pero ella nunca registro el primer matrimonio en España, solo se hizo española y nunca informo su primer matrimonio ni tampoco el divorcio.

A ver si me explico, es como si en el 2000 apareciese ella en el registro civil como "divorciada" sin más. La inscripción tiene que justificarse documentalmente. (Lo que no me explico es como no se le ha requerido antes y se ha podido llegar al 2016 sin haberlo hecho, pero en fin...)

Ahora ya la estoy entendiendo, le explico, una vez la persona contrae matrimonio en Venezuela,  las leyes venezolanas no exigen ni obligan a los cónyuges a colocar su estado civil casado u casada, ella cuando se caso por primera vez tenía su acta de matrimonio legalmente, pero su cedula su pasaporte y todos los demás documentos seguían diciendo soltera,  nunca quiso acceder el apellido de su ex esposo, y tampoco colocar en los otros documentos casada, y en Venezuela eso es válido.

Pero repito en Venezuela, las leyes  no te obligan a cambiar de estado civil en los otros  documentos, bien sea cedula pasaporte documentos compra venta etc, solamente con el acta de matrimonio es suficiente.

cuando ella se divorcia en Venezuela, sus otras documentaciones el estado civil seguía diciendo soltera, porque ella nunca realizo el cambio de estado civil, en ningunos de sus documentos menciona que ella fue casada ni divorciada,  eso solo aparece en el tribunal que se caso en el año 1989 y se divorcio en el año 1993.

Cuando ella envía los documentos en el año 2000 para registrarse como española, ya en ese momento era divorciada y no tenía nada que ver con su ex esposo, y  en los papeles que le pidieron en el cónsul español todos decían soltera, ella pensó que no hacía falta mencionar que se avía divorciado, por eso  se registro española mencionando su estado natural de soltera.

Por eso ella sale soltera en España.

De hecho cuando ella registra en España a nuestras hijas producto de nuestro matrimonio, nunca le obligaron enviar el acta de matrimonio de nosotros, solo le pidieron que mencione quien es el padre de las niñas y me pidieron mis documentos la copia de cedula y copia de pasaporte, y todos los documentos de las niñas, y de mi esposa, pero jamás pidieron el acta de matrimonio, que allí si menciona que ella es divorciada por los tribunales de Venezuela.

¡Pues resuelto el misterio! Un abrazo.

Dos preguntas más, y disculpe, cuánto tiempo tarda la sentencia de exequátur en España para que podamos inscribir el libro de familia, y cuáles son los requisitos y cuanto cuesta aproximadamente.

La segunda pregunta, es necesario hacer el libro de familia en España, para que sirve?

Yo soy hijo de italianos tengo la nacionalidad italiana, me comentan que yo puedo emigrar a España sin ningún problema por la comunidad Europea, pero para vivir en España con mi esposa y mis hijas es necesario hacer el libro de familia teniendo yo la nacionalidad italiana?

Gracias.

En cuanto a la pregunta del tiempo, solía ser de algunas semanas, pero actualmente hay unas demoras tremendas en algunos juzgados y no me atrevo a dar una cifra exacta. Un caso reciente de una conocida, en Madrid, han tardado dos meses y medio.

En cuanto al coste, están pidiendo en torno a 300/400 euros habitualmente, creo entender (trabajo con abogados, pero yo no soy abogada, soy psicóloga). Conviene mirar dos o tres gabinetes de abogados y comparar precios.

El libro de familia es necesario para acreditar sobre todo, la relación de padres e hijos, es un documento legal que acredite que hay una inscripción en un registro civil que indique quienes son sus padres y el vínculo que hay entre ellos. Es imprescindible tenerlo en España para hacer gestiones con los niños, por que, suple el DNI en menores, en muchos casos, que no tienen obligación de tenerlo hasta cierta edad, y en otros, aún teniéndolo, te lo piden junto con el DNI del menor o el pasaporte o incluso para sacar el propio DNI del menor.

Tu nacionalidad italiana te permite residir en España sin más trámites, teniendo solo el DNI italiano, pero no te exime de constar en un documento español en el que figuren que tienes dos hijos con una señora que es española.

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